Ordinario Nº 3470 de Servicio de Impuestos Internos, 2009-12-10 - Doctrina Administrativa - VLEX 896646306

Ordinario Nº 3470 de Servicio de Impuestos Internos, 2009-12-10

Número de oficio3470
Fecha10 Diciembre 2009
Tipo de documentoIVA
VENTAS Y SERVICIOS – NUEVO TEXTO – 8° LETRA H), ART. 2°, N2 – LEY N° 17.336, ART. 10°, ART. 11. (ORD. N° 3.470, DE 10.12.2009) IVA APLICABLE A SERVICIOS DE CAPACITACIÓN, SOPORTE EN LÍNEA, ASISTENCIA EN TERRENO Y MANTENIMIENTO CORRECTIVO DE PROGRAMAS COMPUTACIONALES VINCULADOS AL LICENCIAMIENTO Y PUESTA EN MARCHA DE LOS MISMOS 1.- Se ha recibido en esta Dirección Nacional la presentación del antecedente, mediante la cual el señor XXXX, en representación de YYYY, solicita un pronunciamiento sobre la aplicación del Impuesto al Valor Agregado a la prestación de servicios de instalación y puesta en marcha de programas computacionales, capacitación soporte en línea a través de una mesa de ayuda, mantenimiento correctivo y asistencia en terreno, vinculados a licenciamientos de programas computacionales que pretende realizar. Señala que la empresa YYYY se dedica al diseño, programación, mantenimiento, entrenamiento y comercialización de sus propios programas computacionales. Manifiesta que su representada actualmente se encuentra participando en el "Llamado a licitación (LAL), Chile, segundo proyecto de administración del gasto público, sistema financiero contable para 112 Municipalidades y 10 Corporaciones municipales y los servicios de; instalación, configuración y puesta en marcha, servicios de capacitación, servicios de mesa de ayuda en línea, servicios de mantenimiento correctivo, servicios de monitoreo y asistencia en terreno. Adquisición de sistemas financiero contable para Municipalidades xxxx Préstamo BIRF xxxx. Expresa que teniendo en cuenta que el objeto del contrato no es unitario sino complejo, su representada estima que algunos de los productos y servicios que se pretenden contratar estarían gravados con el Impuesto al Valor Agregado, sin embargo, la Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo (órgano encargado de la ejecución del proyecto), expresa que los servicios solicitados en la licitación no estarían afectos al referido impuesto, criterio que se desprendería de los artículos N°2 del D.L. 825, y artículos 20 N° 3, 4, 5 y 42 N° 2 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, toda vez que se trata de servicios que no cumplen con los requisitos legales para estar afectos a IVA. Indicando que respecto de este tema pueden consultarse entre otros pronunciamientos los contenidos en Ord. N° 33 de 04.01.2001 y Ord. 4335, de 05.11.2001, del Servicio de Impuestos Internos. Lo anterior, según lo indicado en respuestas formuladas por los licitantes,...

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