Ordinario Nº 3385 de Servicio de Impuestos Internos, 2016-12-27, de 27 de Diciembre de 2016 - Normativa - VLEX 896645531

Ordinario Nº 3385 de Servicio de Impuestos Internos, 2016-12-27, de 27 de Diciembre de 2016

RENTA – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LA – ART. 20, N°1, LETRA D), ART. 14, LETRA A). (Ord. Nº 3385, de 27-12-2016) SITUACIÓN TRIBUTARIA DE LOS EXCESOS DE RETIROS EXISTENTES EN UNA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, EN CASO QUE CAMBIE LA FORMA DE DETERMINAR SU RENTA DESDE UN RÉGIMEN DE RENTA EFECTIVA CON CONTABILIDAD COMPLETA, AL DE RENTA PRESUNTA ESTABLECIDO EN LA LETRA D) DEL N° 1 DEL ARTÍCULO 20 DE LA LEY SOBRE IMPUESTO A LA RENTA (LIR) Se ha recibido en esta Dirección Nacional, su presentación indicada en el antecedente mediante la cual requiere un pronunciamiento sobre la situación tributaria de los excesos de retiros existentes en una sociedad de responsabilidad limitada, en caso que cambie la forma de determinar la renta proveniente del arrendamiento de dos bienes raíces no agrícolas, desde un régimen de renta efectiva según contabilidad completa, al régimen de renta presunta establecido en la letra d), del N° 1, del artículo 20 de la LIR I.- ANTECEDENTES Señala que el año 1980 se constituyó una sociedad de responsabilidad limitada, que tiene por socios sólo personas naturales y su objeto social es la inversión inmobiliaria en bienes raíces. Sus ingresos provienen del arrendamiento de dos bienes raíces urbanos a terceros no relacionados a la sociedad ni a sus socios; y el principal gasto son los intereses derivados del crédito hipotecario destinado a adquirir dichos inmuebles Agrega que en los últimos años, el arriendo de los inmuebles bajó en forma relevante, siendo en su conjunto inferior al 11% del avalúo fiscal. En ese contexto, agrega, se cambió el régimen de tributación de la sociedad, de renta efectiva determinada según contabilidad completa, al régimen de renta presunta del artículo 20 N° 1, letra d), de la LIR, con efecto a partir del 1 de enero de 2014. Añade que la sociedad presentaba al momento del cambio de régimen tributario, esto es, al 31 de diciembre de 2013, retiros en exceso de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 14 de la LIR. Conforme a lo señalado y en especial consideración de los cambios introducidos a la LIR por la Ley N° 20.780, solicita confirmar que los retiros en exceso que registraba la sociedad al 31 de diciembre de 2013, se extinguieron por el cambio de régimen tributario de renta efectiva a renta presunta urbana, no teniendo obligación alguna de registrar los citados excesos de retiros en la nueva sociedad. II.- ANÁLISIS. Sobre el particular, cabe señalar en primer lugar, que conforme al inciso primero...

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