Ordinario Nº 3301 de Servicio de Impuestos Internos, 2012-12-03 - Doctrina Administrativa - VLEX 896646088

Ordinario Nº 3301 de Servicio de Impuestos Internos, 2012-12-03

Número de oficio3301
Fecha03 Diciembre 2012
Tipo de documentoRenta
RENTA – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LA – ART. 17°, N°9 – ART. 31°LEY N° 16.271, ART. 18° – OFICIO N° 2404, DE 2010. (ORD. N° 3301, DE 03.12.2012) ASPECTOS TRIBUTARIOS RELACIONADOS CON EL PAGO DE UNA PRIMA POR CONCEPTO DE COMERCIO JUSTO I.- ANTECEDENTES.-Una sociedad anónima constituida en Chile (en adelante la Viña), cuyo objeto principal es la elaboración y comercialización de vinos, adquiere uva de terceros quiénes pueden estar organizados como sociedades o como personas naturales, pudiendo cada uno de ellos tributar bajo el sistema de renta presunta o de renta efectiva, según corresponda. Expresa, que recientemente la empresa se ha incorporado al programa de Comercio Justo (Fair Trade), por medio de la organización XXX, institución internacional dedicada a fomentar el comercio justo, a través de procesos objetivos de certificación, y, su finalidad, en términos generales, es reducir la pobreza en el mundo, dar más equilibrio a las transacciones comerciales, asegurar condiciones laborales dignas y proteger al medio ambiente, siendo uno de sus pilares de sustento, la llamada "prima de comercio justo" (en adelante "la prima"), que se adiciona o incrementa al precio que debe ser pagado por determinados insumos que cumple con los requisitos de justicia de la organización. Agrega, que la organización XXX opera a través de un organismo independiente dedicado a la certificación, es decir, a través de una entidad que audita y supervisa periódicamente que se esté cumpliendo con los requisitos exigidos por la institución en torno al producto. El mayor precio, debe estar destinado por parte de los productores de uva, a mejorar las condiciones de vida de las comunidades a las que pertenecen sus trabajadores, y el beneficio para la empresa es su certificación bajo el sistema de fair trade, en que el producto puede utilizar el logo de la institución o sellos de certificación de comercio justo, y así legitimar su compromiso con los valores universales de ésta.Respecto a la forma de asignar esta prima de comercio justo, es decir, este recargo en el precio pagado por la uva a los productores, opera de modos distintos dependiendo de si el productor está constituido como una sociedad o actúa como persona natural En el primer caso, la sociedad se obliga contractualmente a destinar la parte del precio de venta conformada por la prima al desarrollo de proyectos sociales. Desde el punto de vista de los trabajadores de la sociedad productora, son éstos, organizados...

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