Ordinario Nº 3053 de Servicio de Impuestos Internos, 13/12/2023 - Doctrina Administrativa - VLEX 1005512277

Ordinario Nº 3053 de Servicio de Impuestos Internos, 13/12/2023

Fecha13 Diciembre 2023
Número de oficio3053
MateriaVentas y Servicios – Ley sobre Impuesto a las – Art. 12 Letra E N° 8 – Código Tributario, Art. 4 Bis y Ss. – Oficio N° 228 de 2023.
VENTAS Y SERVICIOS LEY SOBRE IMPUESTO A LAS ART. 12 LETRA E N° 8
CÓDIGO TRIBUTARIO, ART. 4 BIS Y SS. OFICIO N° 228 DE 2023
(ORD. N° 3053, DE 13.12.2023)
Posibilidad de asignar participación en una sociedad de profesionales a la contabilidad del
empresario individual.
De acuerdo con sus presentaciones, y a propósito del Oficio N° 228 de 2023, solicita precisar que
la exención de IVA, para el caso de las sociedades de profesionales, se pierde cuando uno o más
socios de una sociedad, además de asignar sus derechos sociales como un activo en su
contabilidad de empresario individual, no realiza gestión personal o profesional alguna en
beneficio de la sociedad en que es socio, participando en las utilidades de esta única y
exclusivamente por el solo hecho de ser socio y por su capital enterado.
En caso contrario, solicita indicar cómo este Servicio proveerá la información a la sociedad
respectiva, sin afectar el deber de reserva de la información tributaria.
Al respecto, y por las razones explicadas en el Oficio N° 228 de 2023, efectivamente se resuelve
que una sociedad de profesionales no puede estar constituida por personas naturales que han
asignado sus derechos sociales a su empresa individual.
Lo anterior, naturalmente, solo en la medida que dichas personas naturales, después de asignar sus
derechos sociales como un activo en la contabilidad de su empresario individual, no realicen
gestión personal o profesional alguna en beneficio de la sociedad en que fueren socias,
participando en las utilidades de esta, única y exclusivamente, por el solo hecho de su
participación social y por su capital enterado.
Luego, efectuada la precisión solicitada, es innecesario referirse a la petición subsidiaria, sin
perjuicio que este Servicio revise, conforme las reglas generales de fiscalización, si el socio que
ha asignado los derechos sociales a su empresa individual efectivamente realiza gestiones
personales o profesionales en beneficio de la sociedad en que fuere socio, o en el marco de los
1
.
HERNÁN FRIGOLETT CÓRDOVA
DIRECTOR
Oficio N° 3053, de 13.12.2023
Subdirección Normativa
Depto. de Impuestos Indirectos
1
Ver oficio N° 2781 de 2020.

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