Ordinario Nº 3006 de Servicio de Impuestos Internos, 2012-11-05
Fecha | 05 Noviembre 2012 |
Número de oficio | 3006 |
Tipo de documento | Renta |
RENTA – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LA – DECRETO LEY N° 600, ART. 11° TER – LEY N° 20.469. (ORD. N° 3006, DE 05.11.2012)
EFECTOS TRIBUTARIOS DE LA CADUCIDAD DE LOS DERECHOS EMANADOS DEL ARTÍCULO 11 TER, DEL D.L. N°600, DE 1974, CUANDO EL INVERSIONISTA HA EJERCIDO LA OPCIÓN REGULADA EN EL ARTÍCULO 3 TRANSITORIO, INCISOS 2° Y SIGUIENTES, DE LA LEY N°20.469
I. ANTECEDENTES.La Ley N°20.469, en su artículo 3 transitorio, otorgó a aquellos inversionistas extranjeros y empresas receptoras de sus aportes, que a la fecha gozaban de alguno de los derechos contenidos en los artículos 7 u 11 bis, del D.L. N°600, de 1974, la posibilidad de optar por sustituir la invariabilidad de que gozaban, por aquella establecida en el artículo 11 ter del citado decreto ley, en los términos allí dispuestos.Conforme a la Ley, los inversionistas que hicieron uso de la sustitución referida, para mantener los derechos de invariabilidad, deben dar íntegro y oportuno cumplimiento a las obligaciones que al efecto establece el artículo 11 ter, del D.L. N°600, de 1974, dentro de las cuales se encuentra la de comprometer a la empresa desarrolladora del proyecto minero a someter sus estados financieros anuales a auditoría externa, debiendo presentar ante la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) sus estados financieros, individuales y consolidados, trimestrales y anuales, y una memoria anual con información de la entidad, en los términos y plazos establecidos por dicho organismo en su Resolución N°298, de 2010. El incumplimiento de esta obligación es sancionada por la Ley con la caducidad automática de los derechos a que se refiere el artículo 11 ter, tanto respecto de la empresa desarrolladora del proyecto como de todos los inversionistas extranjeros que en ella participen.Sobre el particular, y tratándose de los inversionistas que se han acogido al artículo 3 transitorio, de la Ley N°20.469, le asiste a esa Vicepresidencia Ejecutiva la necesidad de clarificar si la caducidad de los derechos del artículo 11 ter, importa también la caducidad o extinción de los derechos de invariabilidad que les corresponden según el contrato que se modificó, esto es, la invariabilidad del artículo 7 u 11 bis, según sea el caso.II. ANÁLISIS.En primer término, cabe hacer presente que este Servicio estima que los efectos de la caducidad de los derechos emanados del artículo 11 ter, del D.L. N°600, de 1974, corresponde a una materia que escapa a su competencia, en cuanto no se refiere estrictamente a...
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