Ordinario Nº 2935 de Servicio de Impuestos Internos, 2012-10-29, de 29 de Octubre de 2012 - Normativa - VLEX 896646748

Ordinario Nº 2935 de Servicio de Impuestos Internos, 2012-10-29, de 29 de Octubre de 2012

VENTAS Y SERVICIOS – NUEVO TEXTO – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LAS – ART. 52° – D.S. N°55, DE 1977, ART. 22°, ART. 73° – RES. EX. N° 42, DE 2007. (ORD. N° 2935, DE 29.10.2012) SOLICITA UN PRONUNCIAMIENTO SOBRE LA DOCUMENTACIÓN A EMITIR EN LA COMERCIALIZACIÓN DE HIDROCARBUROS EFECTUADA POR UN OPERADOR, EN VIRTUD DE LAS FACULTADES OTORGADAS EN EL CONTRATO ESPECIAL DE OPERACIÓN PARA LA EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE YACIMIENTOS DE HIDROCARBUROS Y EN EL ACUERDO DE OPERACIÓN CONJUNTA (JOA) Expone tres situaciones para las cuales requiere un pronunciamiento de este Servicio:a) Supuesto en que el Operador venda junto con su producción, recibida como retribución, la producción retenida por el Estado.b) Supuesto en que el Operador venda junto con su producción, pero actuando por cuenta y orden de XXX aquella parte de la producción que le corresponde como partícipe.c) Supuesto en que el Operador venda la totalidad de la producción, incluyendo la recibida como retribución por los integrantes del JOA (en este caso XXX) y aquella que retiene el Estado I.- ANTECEDENTES Por Resolución N° 5, de Ministerio de Minería, de fecha xx de xx de 200x, se aprobaron las Bases de Licitación Pública Nacional e Internacional para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en la Región de Magallanes y Antártica Chilena. En dicha licitación participó la contribuyente TTT, efectuando propuestas para la adjudicación del "Bloque YYY", resultando su oferta triunfadora.En las referidas Bases, en el punto 9.3.2, se señala que la empresa oferente, en el caso del Bloque YYY, se compromete a participar junto a XXX en las actividades de exploración y explotación del bloque, para lo cual estaría obligada a formar un "Consorcio" con la Empresa Nacional del Petróleo", teniendo una participación de un 50% cada uno en los derechos de exploración y explotación del bloque.Como consecuencia de ello, se suscribieron dos contratos. Por una parte, con fecha xx de xx de 200x TTT, conjuntamente con XXX, suscribió con el Estado de Chile un "Contrato Especial de Operación para la Exploración y Explotación de Yacimientos de Hidrocarburos y por la otra, con fecha xx de xx de 200x, se celebró entre TTT y XXX un "Acuerdo de Operación Conjunta" o Joint Operating Agreement.En lo que dice relación con el contrato denominado CEOP, el punto 1.63, establece una retribución al contratista, en este caso TTT y XXX, que "corresponde a un porcentaje de la producción mensual de Hidrocarburos Líquidos y Gas Comerciable...

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