Ordinario Nº 2553 de Servicio de Impuestos Internos, 2016-09-13, de 13 de Septiembre de 2016 - Normativa - VLEX 896646033

Ordinario Nº 2553 de Servicio de Impuestos Internos, 2016-09-13, de 13 de Septiembre de 2016

 RENTA – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LA – ART. 52 – LEY N° 20.780, DE 2014, ART. 1, N°32. (ORD. N° 2553, DE 13.09.2016) SOLICITA ANALIZAR MECANISMO PARA EVITAR QUE PAGO DE PENSIONES INFLUYA EN LA DECLARACIÓN ANUAL DE IMPUESTO A LA RENTA. Se ha requerido a este Servicio informar sobre posibilidad de presentar iniciativa legal destinada a establecer un mecanismo para evitar que el pago de pensiones influya en la declaración anual de Impuesto a la Renta. I ANTECEDENTESMediante el Oficio Ord. Indicado en el antecedente, esa Secretaría de Estado ha remitido a este Servicio, para su conocimiento e informe, la solicitud del H. Senador XXXX, en el sentido de analizar la posibilidad de presentar a trámite legislativo una iniciativa tendiente a establecer algún mecanismo que evite que el pago de las pensiones influya en la declaración anual del Impuesto a la Renta. En este contexto, el H. Senador indicó que el bajo monto de las pensiones que, en general, reciben los jubilados, los obliga a seguir trabajando y dependiendo de la modalidad del contrato respectivo. Sin embargo, por tener ingresos adicionales, se debe declarar el Impuesto Global Complementario o efectuar una reliquidación del Impuesto Único de Segunda Categoría.II ANÁLISISEn relación con lo solicitado, se informa que la única forma de evitar que el monto recibido por concepto de pensión no se considere para los efectos de reliquidar el Impuesto Único de Segunda Categoría o no se incluya en la renta imponible del Impuesto Global Complementario – en aquellos casos en que el pensionado tuviere otras rentas provenientes de su actividad como trabajador, profesional independiente o empresario – sería excluir dicho monto de la renta líquida imponible de esos impuestos, lo que implicaría en la práctica darle el carácter de ingreso no renta.Teniendo presente lo anterior, a continuación se analiza la petición en el contexto de la tributación a la renta que afecta a las personas naturales, contemplada en la Ley sobre Impuesto a la Renta. El cuerpo legal indicado establece que las personas naturales están sujetas a Impuesto Único de Segunda Categoría o a Impuesto Global Complementario por la totalidad de las rentas que perciban o devenguen. El tributo se determina mediante una escala de tasas progresivas por tramos de renta, empezando con un primer tramo exento, y terminando en el último tramo con una tasa de 35%, a contar del 01.01.2017 . En el caso de personas que perciben rentas provenientes de un empleo o de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR