Ordinario Nº 2478 de Servicio de Impuestos Internos, 2016-09-05, de 5 de Septiembre de 2016 - Normativa - VLEX 896646130

Ordinario Nº 2478 de Servicio de Impuestos Internos, 2016-09-05, de 5 de Septiembre de 2016

 RENTA – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LA – DECRETO LEY N° 1089, DE 1975 – DECRETO CON FUERZA DE LEY N°2, DE 1986, ART. 5, ART. 12 – CIRCULAR N° 14, DE 2016. (ORD. N° 2478, DE 05.09.2016) SITUACIÓN DE CONTRATOS ESPECIALES DE OPERACIÓN PARA LA EXPLORACIÓN Y EXPLOTACIÓN DE YACIMIENTOS DE HIDROCARBUROS, FRENTE A LA REFORMA TRIBUTARIA. Se ha recibido en este Servicio la presentación indicada en el antecedente, solicitando un pronunciamiento respecto de la situación tributaria de los contratos especiales de operación para la exploración y explotación de yacimientos de hidrocarburos que acompaña, frente a las modificaciones introducidas por la Ley N° 20.780, sobre reforma tributaria. I ANTECEDENTESTras exponer antecedentes relativos a la estructura societaria y normas legales aplicables a los contratos especiales de operación para la exploración y explotación de yacimientos de hidrocarburos (en adelante, los “contratos”), formula, en lo fundamental, las siguientes consultas relacionadas con los efectos que tendrían las modificaciones legales introducidas a la Ley sobre Impuesto a la Renta por la reciente reforma tributaria. 1) Invariabilidad de tasas y régimen tributario de contratos. Se consulta por la situación tributaria de contratos acogidos a lo dispuesto en el decreto ley N° 1.089 de 1975 (según el texto refundido, coordinado y sistematizado fijado por el decreto con fuerza de ley N° 2, de 1986), suscritos antes de las modificaciones que la Ley N° 20.780, introdujo al texto de la Ley sobre Impuesto a la Renta.2) Distribución de utilidades desde las sociedades operativas sujetas a invariabilidad hasta las sociedades holding que no gozan de invariabilidad.3) Problemas para presentar la declaración de impuesto a la renta en el formulario N° 22. Señala que el referido formulario, en su versión electrónica, no permite declarar con una tasa de impuesto de primera categoría inferior a la vigente, por lo que se encuentra obligado a declarar en un formulario físico.4) Finalmente solicita confirmar los siguientes criterios:a) Que, en razón de la invariabilidad tributaria de que gozan los partícipes del contratista de los contratos que individualiza, estos seguirán rigiéndose por la Ley sobre Impuesto a la Renta vigente a la fecha de la celebración de cada uno de los contratos, y por tanto deberían continuar rigiéndose por el artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta vigente hasta el 31.12.2016.b) Que en virtud de lo anterior, las utilidades generadas y...

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