Ordinario Nº 1983 de Servicio de Impuestos Internos, 2012-08-06, de 6 de Agosto de 2012 - Normativa - VLEX 896647159

Ordinario Nº 1983 de Servicio de Impuestos Internos, 2012-08-06, de 6 de Agosto de 2012

VENTAS Y SERVICIOS – NUEVO TEXTO – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LAS – ART. 3°, ART. 8°, LETRA D), ART. 23°, ART. 64°. (ORD. N° 1983, DE 06.08.2012) POSIBILIDAD DE NO PAGAR EL IVA AL EFECTUAR UNA IMPORTACIÓN, O BIEN DE GENERAR UN CRÉDITO EQUIVALENTE, QUE EVITE GENERAR EL DESEMBOLSO DE DICHO IMPUESTO I.- ANÁLISIS:El Art. 8°, letra a), del D.L. N° 825, de 1974, grava con Impuesto al Valor Agregado a las importaciones, sea que tengan o no el carácter de habituales.De lo anterior, se desprende que en el sistema tributario chileno, las importaciones se encuentran siempre gravadas con Impuesto al Valor Agregado, independientemente de quien las realice y si éstas son efectuadas en forma habitual o no.Respecto de la posibilidad de generar un crédito fiscal, cabe señalar a Ud. que los contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado, entendiéndose por tales aquellos señalados en el Art. 3°, del D.L. N° 825, tienen derecho, conforme a lo dispuesto en el Art. 23°, del D.L. N° 825 a un crédito fiscal contra el débito fiscal generado por sus operaciones gravadas y determinado por el mismo período tributario.Dicho crédito será equivalente al Impuesto al Valor Agregado soportado en la adquisición o pagado en la importación de bienes, o en la utilización de servicios destinados a formar parte de su activo realizable o activo fijo o el relacionado con gastos de tipo general, que digan relación con el giro o actividad del contribuyente.De este modo, los contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado, al importar bienes para ser incorporados a su activo fijo o realizable o bien relacionados con gastos de tipo general que digan relación con su giro, pueden utilizar como crédito fiscal una suma equivalente al impuesto pagado por este concepto al efectuar la internación legal de los referidos bienes. Sin embargo, ello no evita el desembolso del tributo al efectuar la importación, ya que éste debe ser pagado antes de retirar las especies del recinto aduanero, por lo que el contribuyente debe...

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