Ordinario Nº 196 de Servicio de Impuestos Internos, 2011-01-25
Número de oficio | 196 |
Fecha | 25 Enero 2011 |
Tipo de documento | IVA |
VENTAS Y SERVICIOS – NUEVO TEXTO – ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LAS – ART. 12°, LETRA B), N°3. (ORD. N° 196, DE 25.01.2011)
IVA EN LA IMPORTACIÓN DE CIERTOS ARTÍCULOS – EL SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS, SÓLO TIENE COMPETENCIA PARA PRONUNCIARSE SOBRE MATERIAS DE TRIBUTACIÓN FISCAL INTERNA – EL SERVICIO NO ESTÁ LEGALMENTE FACULTADO PARA DEJAR SIN EFECTO O ANULAR COBROS POR CONCEPTO DE DERECHOS DE ADUANA U OTROS QUE SEAN DE COMPETENCIA DEL SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS
Solicita se declare exenta del Impuesto a las Ventas y Servicios la importación de mercancías que describe en su presentación y se anule el pago de derechos de aduana e IVA correspondiente, por tratarse de una misión diplomática
I. ANTECEDENTESDe acuerdo a la presentación, a propósito del pago de unos derechos de aduana que datan de marzo de 2007, su embajada ha recibido solicitudes de pago de los Servicios de Admisiones Temporales por concepto de derechos de importaciones y multas por tardanza de pago. Señala que unos productos de muestra de artesanía marroquí, manuales y libros fueron importados por algunos empresarios marroquíes, en colaboración con esa Embajada, para ser expuestos al público chileno en unas exposiciones organizadas, acorde a los acuerdos de amistad y de cooperación cultural suscritos entre ambos países. El problema fue que, por ignorancia de los organizadores marroquíes respecto de los derechos de importación chilenos, algunos artículos fueron donados, en aquel entonces, a los servicios sociales de Carabineros de Chile y a otras asociaciones chilenas y particulares. Considerando que representa a una misión diplomática, que ha contribuido en esa importación sin fines lucrativos, y de acuerdo al Pacto de Viena, que estipula la exención del pago de IVA sobre productos conseguidos e importados por misiones diplomáticas, solicita anular el pago de los derechos de aduana y de IVA correspondientes. De acuerdo al último aviso recibido por parte del Servicio de Aduanas, dicha embajada debe pagar una suma aproximada a los US$xxxx, que acumula el no pago de derechos de importación y multas consecuentes. Considerando lo anterior, solicita los buenos oficios para poner fin a este problema, teniendo a bien anular el pago de los derechos de aduana y de IVA correspondiente. Se acompaña copia de correos electrónicos entre la Embajada del Reino de Marruecos y la Dirección Regional de Aduana Metropolitana, Sub departamento de Procesos Técnicos
II. ANÁLISISAl respecto, cabe señalar en...
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