Ordinario Nº 1873 de Servicio de Impuestos Internos, 31/08/2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 847682417

Ordinario Nº 1873 de Servicio de Impuestos Internos, 31/08/2020

Número de oficio1873
Fecha31 Agosto 2020
Tipo de documentoIVA
MateriaVentas y Servicios- Nuevo texto – Ley sobre Impuesto a las – Art. 2, N°2, Art. 8 – Código Tributario, Art. 64 – Oficio N° 2996, de 2007.
VENTAS Y SERVICIOS NUEVO TEXTO LEY SOBRE IMPUESTO A LAS ART. 2,
N°2, ART. 8 CÓDIGO TRIBUTARIO, ART. 64 OFICIO N° 2996, DE 2007.
(ORD. N° 1873, DE 31.08.2020)
IVA en la concesión del servicio de operación y manejo de residuos lidos domiciliarios e
industriales asimilables a residuos domiciliarios.
Se ha solicitado a este Servicio un pronunciamiento sobre la procedencia de gravar con el
Impuesto al Valor Agregado los servicios que presta su representada Sociedad Constructora y de
Servicios XXXXXX SpA.
I ANTECEDENTES
De acuerdo a su presentación, su representada es parte de TTTTTT que, con fecha xx de xx de
xxxx, suscribió con la I. Municipalidad de AAA, el contrato denominado Concesión del Servicio
de Operación y Manejo de Residuos Sólidos Domiciliarios e Industriales Asimilables a Residuos
Domiciliarios de la Comuna de AAA y Otras Comunas de la Provincia de AAA en el Vertedero
BBB.
Son parte del mencionado contrato las bases administrativas; las bases técnicas y modificaciones
posteriores de ambos documentos; la oferta presentada por el contratista; las aclaraciones;
especificaciones técnicas y restantes antecedentes que forman parte de la propuesta. El valor del
contrato se expresa exento de impuesto.
En las bases técnicas de la propuesta se describen los servicios que debe prestar el
adjudicatario, los cuales son, en general, trabajos de operación y manejo de residuos lidos
domiciliarios y/o asimilables proveniente de la comuna de AAA y otras comunas de la Provincia de
AAA en el Vertedero BBB.
Los servicios que comprende el contrato son los siguientes:
a) Llevar registro de ingreso de los camiones que accedan de la comuna de AAA y de otras
comunas de la Provincia, con indicación de hora de ingreso y de salida, cubicación de los
residuos ingresados, tipo, marca e identificación de los vehículos;
b) Mantención de los caminos interiores del vertedero;
c) Descargar los camiones, sean estos municipales o particulares con la maquinaria existente
en el vertedero;
d) Trabajar las canchas de acopio a nivel de superficie y, en altura hasta el nivel máximo
de 10 metros;
e) Realizar la cobertura diaria de los residuos con una capa de tierra de por lo menos 15 cm de
espesor, esta tierra será extraída del terreno colindante de propiedad municipal. La
Dirección de Medio Ambiente Aseo y Ornato indicará el polígono exacto donde se
debe extraer la materia de cobertura y el ITS indicará el cronograma de extracción.
f) El concesionario deberá evacuar los gases mediante la construcción de chimeneas
distribuidas en el terreno;
g) Debe presentar alternativas de manejo de los líquidos percolados crudos o
mezclados con aguas lluvias, para evitar que se transformen en un obstáculo en la operación
del vertedero y debe reinyectar los lixiviados que se encuentren en la piscina natural de
contención de estos líquidos. Además, deberá mantener en perfecto estado equipos de
Motobomba impulsoras de líquidos, para la reinyección;
h) El concesionario con su maquinaria, deberá apoyar el Programa de Reciclaje, en lo que se
refiere específicamente, al proceso de carga (desde la bodega de acopio, ubicada en el
vertedero), al camión que efectúe el retiro de materiales (programa de reciclaje) y descarga
(desde el camión que efectúa el retiro del reciclaje a la bodega de acopio), además de
limpiar y nivelar la zona de acceso a la bodega de acopio de materiales. Dichas labores
serán coordinadas con la debida antelación por personal del Departamento de Medio
Ambiente. Lo anterior, se solicitará solo cuando sea necesario.

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