Ordinario Nº 1473 de Servicio de Impuestos Internos, 03/05/2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 909391280

Ordinario Nº 1473 de Servicio de Impuestos Internos, 03/05/2022

Fecha03 Mayo 2022
Número de oficio1473
MateriaRenta – Actual Ley sobre Impuesto a la – Art. 42 N° 1 y art. 43 N° 1 – Código del Trabajo, art. 41
Tipo de documentoRenta
RENTA ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LA ART. 42 N° 1 Y ART. 43 N° 1 CÓDIGO
DEL TRABAJO, ART. 41
(ORD. N° 1473 DE 03.05.2022).
Tratamiento tributario de aguinaldo pactado en contrato colectivo.
De acuerdo con su presentación, se solicita un pronunciamiento sobre el tratamiento tributario del
aguinaldo entregado por la corporación municipal de desarrollo social de la comuna de Cerro Navia a
los socios del sindicato de dicha corporación.
Al respecto se informa que, de acuerdo al N° 1 del artículo 42 de la Ley de Impuesto a la Renta (LIR),
se grava con el impuesto único de segunda categoría (IUSC), establecido en el N° 1 del artículo 43 de la
misma ley, a las rentas consistentes en sueldos, sobresueldos, salarios, premios, dietas, gratificaciones,
participaciones y cualesquiera otras asimilaciones y asignaciones que aumenten la remuneración pagada
por servicios personales, montepíos y pensiones, exceptuadas las imposiciones obligatorias que se
destinen a la formación de fondos de previsión y retiro, y las cantidades percibidas por concepto de
gastos de representación.
Por otra parte, conforme al concepto establecido en el artículo 41 del Código del Trabajo, se entiende
por remuneración las contraprestaciones en dinero y las adicionales en especie avaluables en dinero que
debe percibir el trabajador del empleador por causa del contrato de trabajo.
Luego, en el caso consultado, el denominado aguinaldo de navidad es una bonificación que tiene el
carácter de una renta accesoria o complementaria a la remuneración normal de los trabajadores y, por lo
tanto, afecta con IUSC conforme los artículos 42 N° 1 y 43 N° 1 de la LIR
1
.
Saluda a usted,
HERNÁN FRIGOLETT CÓRDOVA
DIRECTOR
Oficio N° 1473 del 03-05-2022
Subdirección Normativa
Depto. de Impuesto Directos
1
Ver Circular N° 66 de 1977.

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