Ordinario Nº 1471 de Servicio de Impuestos Internos, 07/06/2021 - Doctrina Administrativa - VLEX 909836217

Ordinario Nº 1471 de Servicio de Impuestos Internos, 07/06/2021

Fecha07 Junio 2021
Número de oficio1471
MateriaRenta – Actual Ley sobre Impuesto a la – Art. 14 letra D) N° 8 – Res. Ex. N°s 14 y 31 de 2021
Tipo de documentoRenta
RENTA ACTUAL LEY SOBRE IMPUESTO A LA ART. 14 LETRA D) N° 8 RES. EX. N°s
14 Y 31 DE 2021
(ORD. N° 1471 DE 07.06.2021).
Liberación de registros a contribuyentes del artículo 14, letra D), Nº 8, de la Ley sobre Impuesto a
la Renta.
De acuerdo con su presentación, un contribuyente acogido al régimen de transparencia tributaria del
artículo 14, letra D), Nº 8, de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) consulta si al optar por llevar
contabilidad se libera de los registros tales como el registro de ingresos y egresos y/o libro de caja.
Al respecto, se informa que los registros de ingresos y egresos y/o libro de caja deben ser llevados
únicamente por aquellos contribuyentes acogidos al régimen del artículo 14, letra D), Nº 8, de la LIR,
que lleven contabilidad simplificada o que derechamente no lleven contabilidad completa
1
.
Por tanto, cuando opten por llevar contabilidad completa quedarán liberados de tales registros, sin
alterar la forma de determinar sus resultados tributarios conforme el Nº 8 de la letra D) del artículo 14
citado.
Se hace presente que este Servicio ha interpretado qué debe entenderse por contabilidad completa para
efectos tributarios, incluyendo en ella al libro de caja, entre otros
2
. Por lo anterior, un contribuyente
acogido al artículo 14, letra D), N° 8, de la LIR, que opta por llevar contabilidad completa debe
considerar el libro de caja pero no está obligado a llevarlo en los formatos establecidos en las
Resoluciones Ex. N° 14 y N° 31, ambas de 2021.
Por otra parte, la liberación de llevar el registro de compras y ventas no aplica cuando así lo exijan las
disposiciones de la Ley de Impuesto a las Ventas y Servicios.
Saluda a usted,
FERNANDO BARRAZA LUENGO
DIRECTOR
Oficio N° 1471 del 07-06-2021
Subdirección Normativa
Depto. de Impuesto Directos
1
Ver Resoluciones Ex. N° 14 y N° 31, ambas de 2021.
2
Circular Nº 29 de 1975 y Oficios N° 1756 de 1991 y N° 3220 de 2015.

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