Decreto núm. 15 EXENTO, publicado el 30 de Enero de 1986. MODIFICA ORDENANZA N° 10 DE 1982, SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR PERMISOS, CONCESIONES Y SERVICIOS - MUNICIPALIDAD DE NANCAGUA - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 497533530

Decreto núm. 15 EXENTO, publicado el 30 de Enero de 1986. MODIFICA ORDENANZA N° 10 DE 1982, SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR PERMISOS, CONCESIONES Y SERVICIOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE NANCAGUA
Rango de LeyDecreto

MODIFICA ORDENANZA N° 10 DE 1982, SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR PERMISOS, CONCESIONES Y SERVICIOS

Núm. 15 exento.- Nancagua, 27 de Enero de 1986.- Vistos:

Teniendo Presente: 1.- La necesidad de adecuar el cobro de ciertos derechos municipales a la realidad socio-económica de los contribuyentes de manera que pueda existir una mayor equidad tributaria, y La Ordenanza N° 010 de 26.01.82 de este Municipio, sobre valores de concesiones, permisos y pagos de servicios; lo dispuesto en el Artículo N° 43 del DL N° 3.063 de 1979, de Rentas Municipales, las facultades que me confiere el DL N° 1.289, de 1976, Ley Orgánica de Municipios y Administración Comunal:

Decreto:

  1. - Modifícase la Ordenanza N° 10 de 26.01.82 sobre Derechos Municipales por permisos, concesiones y servicios, en la forma que se señala:

  1. Elimínase el texto del Art. 3° N° 2.1 al 2.9 y reemplázanse por lo siguiente:

    2.1 Los derechos relativos a urbanización y construcción, serán los indicados en el Art. 130 del D.F.L. 458, MINVU "Ley Gral. de Urbanismo y Construcciones".

    Por el año 1986 estos derechos se rebajarán en un 90%.

  2. Reemplázase el texto del Art. 3° N° 3.4, por el siguiente:

    - Instalación de kioscos, mesones, canastos,

    letreros, juegos de entretenciones, por m2 y

    por día 0.15% UTM

    - Instalación de puestos de ferias libres,

    por m2 y por día de feria 0.30% UTM

    - Transportables con estacionamientos

    variables autorizados previamente por la

    Municipalidad; los derechos anteriores

    aumentados en un 25%

    - Kioscos fijos y autorizados por

    Dirección de Obras, por m2 y por año 20% UTM

  3. Elimínese el texto del Art. 3 N°s. 6.1,

    6.3, 6.4, 6.6, 6.14 y la frase del N° 6.11.

    Además del valor de la nueva placa:

    - Sustitúyese el porcentaje del Art. 3°

    N° 6.9 por el siguiente 5%

  4. Sustitúyese el porcentaje del Art. 3°

    N° 7.1, inciso que se indica:

    Por año 100 UTM

    - Reemplázase el texto del Art. 3° N° 7.4,

    por el siguiente:

    Puestos de Ferias Libres, sin perjuicio

    del derecho de ocupación de vía pública:

    - Por día de Feria:

    Productos perecibles 0.7% UTM

    Productos no perecibles 1.7% UTM

    - Agréguese a continuación del Art. 3 n° 7.5

    los siguientes derechos:

    7.6 Actividades comerciales en

    circunstancias especiales, tales como,

    festividades patrióticas, religiosas y

    comunales por día de funcionamiento 25% UTM

    7.7 Autorización especial transitoria

    para expendio de bebidas alcohólicas,

    según Art. 159 de la Ley 17.105 por día

    de funcionamiento 100% UTM

  5. Reemplázase el texto del Art. 3 N° 8.1

    por el...

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