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Decreto 4697 - MODIFICA ORDENANZA DE DERECHOS MUNICIPALES PARA PERMISOS, CONCESIONES Y SERVICIOS

EmisorMUNICIPALIDAD DE RECOLETA
Rango de LeyDecreto

MODIFICA ORDENANZA DE DERECHOS MUNICIPALES PARA PERMISOS, CONCESIONES Y SERVICIOS

Núm. 4.697.- Recoleta, 24 de diciembre de 2004.

Por acuerdo Nº140 (21-12-04) del Concejo Municipal de Recoleta se han aprobado las siguientes modificaciones a la Ordenanza sobre Derechos Municipales para Permisos, Concesiones y Servicios Municipales:

* Modifíquese el valor de la letra A artículo 7 Título III por los siguientes:

  1. - 0,35

  2. - 0,11

    * Modifíquese el valor del Nº 1 de la letra B artículo 7 Título III por los siguientes:

  3. - Industria y Comercio

    Zona 1 0,02

    Zona 2 0,02

    Zona 3 0,02

    (Los valores de la letra B artículo 7 Título III corresponden a período Semestral)

    * Modifíquese el primer párrafo de la letra D artículo 7 Título III por lo siguiente:

    D.- Tarifa de aseo domiciliario

    (valor anual al 30 de junio 2004) $22.426

    Este valor deberá ser actualizado al 31 de diciembre 2004, por la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor durante el segundo semestre del presente año.

    * Reemplácese las letras H e I artículo

    7 Título III por las siguientes:

    H.- Extracción de Arboles menores de DAP 20 cms.

    1,00

    I.- Extracción de Arboles mayores de DAP 20 cms. 2,50

    * Elimínese la letra J artículo 7 Título III.

    * Modifíquese el valor de las letras M y

    N artículo 7 Título III por los siguientes:

    M.- 0,30

    N.- 0,30

    * Agréguese la letra O artículo 7 Título III.

    O.- Desratización y desinsectación de

    viviendas particulares que no

    corresponda a caso social de

    acuerdo al profesional de Higiene 0,17

    * Modifíquese el valor de la

    letra C artículo 12 Título V

    por el siguiente.

    C.- 0,20

    * Agréguense las letras P, Q, R y S artículo

    12 Título V.

    P.- Timbraje de libro de comercio alcohol 0,45

    Q.- Revisión y evaluación de antecedentes

    en patentes de alcohol limitada, no

    pagadas en las fechas establecidas 0,35

    R.- Fotocopia con timbre copia fiel del original 0,10

    S.- Permisos de Circos o Parques de entretención

    en recintos privados 0,30

    * Agréguense los números 21 y 22 a la letra B

artículo 13

Título VI.

SECTOR I SECTOR II

  1. B.- Cafeteros Patronato 0,50

  2. B.- Carros, Anaqueles y Módulos

destinados a Fomento

productivo y patrocinados

por el Departamento Laboral 0,50 0,50

* Reemplácese la letra N artículo 13 Título

VI por el siguiente:

N.-

N1.- Percheros y exhibidores en vía pública

únicamente tipo maniquí por M2

semestral

Comercio establecido) 1,00 0,25

N2.- Percheros y exhibidores

en vía pública por M2

Semestral, distintos a

tipo maniquí (Comercio

establecido) 1,50 1,50

* Agréguese al primer párrafo del artículo

14 Título VII, después de la palabra "misma" la

siguiente frase:

"Existiendo una contraprestación de parte nuestra

en que el inspector corrobora el metraje ocupado y

verifica que cumple condiciones necesarias"

* Modifíquese los valores de la letra A.1 artículo

14 Título VII, por los siguientes:

Espacio Privado Espacio Público

SECTOR I SECTOR II SECTOR I SECTOR II

A1.- 0,30 0,20 0,45 0,45

* Agréguese a la letra E artículo 15 Título VIII

el siguiente cobro:

E.- Carros, Anaqueles y Módulos destinados

a fomento productivo y patrocinados

por el...

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