Decreto núm. 50 EXENTO, publicado el 31 de Enero de 1986. MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MUNICIPALIDAD DE ÑUÑOA |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS
Ñuñoa, 17 de Enero de 1988.- La Alcaldía de Ñuñoa decretó hoy lo siguiente:
Núm. 50 exento.- Teniendo presente: La necesidad de ajustar el cobro de los derechos municipales que efectúan los Departamentos respectivos y, modificar algunas materias relacionadas con dichos cobros, y, Vistos: Lo dispuesto en el Artículo 43, Inciso 2° del Decreto N° 3.063 de 1979 sobre Rentas Municipales y, la facultad que me confieren los Artículos 12 y 13 del Decreto N° 1.289 de 1970, Ley Orgánica de Municipalidades y Administración Comunal,
Decreto:
Modifícanse y deróganse los Artículos que en cada caso se señalan de la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales por Concesiones, Permisos y Servicios de la I. Municipalidad de Ñuñoa, promulgada por Decreto Exento N° 43 de fecha 27.01.84 y publicada en d Diario Oficial del 30.01.84.
Modifícanse los siguientes valores por los derechos contemplados en este Artículo:
a) Extracción de materiales en vehículos
municipales por M3, por cada vez 0.18 UTM
b) Extracción de excedentes de basuras
normales, por litro en exceso 0.00008 UTM
Deróganse las letras c) y d) del Artículo 7°.
Traspásase al Grupo N° 1 los siguientes árboles: Gravilla, Ceibo, Abedul y Pawlonia.
Traspásase al Grupo N° 3 los siguientes árboles:
Pintento, Alcanforero.
Modifícanse los siguientes valores de los derechos contemplados en este Artículo.
2) Vehículos comprendidos en los números 1 y 2,
letra B del Artículo 12 del D.L. N° 3.063
por cada vehículo 5.00 UTM
5) Terminal locomoción colectiva, por
vehículo 1.00 UTM
Modifícanse los derechos por los Permisos y Servicios de este Artículo, por los siguientes:
c) Prórroga Licencia para conducir, hasta
30 días 0.10 UTM
e) Registro cambio de domicilio en Licencias
de conducir 0.05 UTM
k) 1° y 2° semestre o control extraordinario
de taxímetro y control de Licencia - A 0.07 UTM
Agrégase al Artículo 13° lo siguiente:
t) Permiso de traslado de vehículos, diario,
máximo 3 días en el mes 0.05 UTM
u) Obtención y renovación de Licencias
para conducir vehículos de cualquier clase,
conforme al a Ley N°...
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