Decreto 1819 - MODIFICA ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS - MUNICIPALIDAD DE MACUL - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 242057046

Decreto 1819 - MODIFICA ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS

EmisorMUNICIPALIDAD DE MACUL
Rango de LeyDecreto

MODIFICA ORDENANZA SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS

Secc. 1ra. Núm. 1.819.- Macul, 17 de diciembre de 2004.- Vistos:

Que por decreto Nº421, de fecha 25.03.2004, se aprobó el texto refundido de la Ordenanza de Derechos Municipales por Concesiones, Permisos y Servicios;

Los oficios Nºs. 2524 de fecha 09.12.2004, de la Dirección de Desarrollo Comunitario y 519 de la Dirección de Obras Municipales; los memorándum Nºs. 386 y 1.974 de fecha 09.12.2004 de la Dirección de Proyectos y Dirección de Desarrollo Comunitario que solicitan incorporar nuevas modificaciones a la citada Ordenanza;

Lo informado por la Dirección Jurídica en su oficio Nº226, de fecha 10.12.2004;

El Acuerdo Nº6 del Concejo Municipal, adoptado en la Sesión Ordinaria Nº2, de fecha 14 de diciembre de 2004; y

Considerando: Lo dispuesto en el artículo Nº43 del decreto ley Nº3.063, sobre Rentas Municipales y las facultades que me confiere la ley Nº18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades,

Decreto:

  1. Modifícase la Ordenanza sobre Derechos Municipales por Concesiones, Permisos y Servicios, en los siguientes términos:

  2. Reemplázase el inciso final del artículo 13º por el siguiente:

    - Reservado: 6 U.T.M. Semestrales en Avda. Macul

    Departamental - Maratón

    Vicuña Mackenna - Rodrigo

    de Araya.

    4 U.T.M. Semestrales otras calles

  3. Reemplázase las letras a), b) y e) del artículo 21º por las siguientes:

    1. Propaganda luminosa o iluminada en propiedad privada............................ 0,19 UTM.

      - Propaganda luminosa o iluminada en Av. Macul, Av. Departamental, Av. Américo Vespucio y Av. Vicuña Mackenna........................... 0,30 UTM.

    2. Propaganda no luminosa en propiedad privada............................ 0,38 UTM

      - Propaganda no luminosa en propiedad privada en Av. Macul, Av. Departamental, Av. Américo Vespucio y Av. Vicuña Mackenna................ 0,48 UTM

    3. Letreros de cualquier naturaleza previa autorización por decreto alcaldicio, instalado en B.N.U.P. semestral por m²....... 0,38 UTM

      - Letrero instalado en B.N.U.P. en Av. Macul, Av. Américo Vespucio, Av. Departamental y Av. Vicuña Mackenna, semestral por m²......... 0,60 UTM.

      3.1.- Agrégase al artículo 21º los incisos 3º, 4º y final que a continuación se señalan:

      "Las empresas de publicidad podrán pagar los derechos municipales establecidos en las letras a), b), c), e) y h) mensualmente por mes vencido, en proporción de los días en que efectivamente se exhiba propaganda. Para optar por esta modalidad se deberá presentar previamente una solicitud con la individualización de los letreros con los que optará por esta modalidad.

      Asimismo, deberá informar a la Dirección de Administración y Finanzas mensualmente para que se giren los derechos municipales correspondientes. En caso de discordancia entre lo informado por el propietario de los letreros y lo fiscalizado por los inspectores municipales, prevalecerá lo fiscalizado.

      El Departamento de Inspección de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR