Decreto 3599 - MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES - MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 243158146

Decreto 3599 - MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES

EmisorMUNICIPALIDAD DE LAS CONDES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES

Secc. 1ª Núm. 3.599.- Las Condes, 21 de diciembre de 2001.- Vistos y teniendo presente: la Modificación de la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales de la I. Municipalidad de Las Condes contenida en el decreto alcaldicio sección 1ª Nº 3.363 de 27 de diciembre de 2000, publicado en el Diario Oficial el 30 de diciembre de 2000, cuyo texto refundido se fijó por decreto alcaldicio sección 1ª Nº 774 de 13 de marzo de 2001; la Modificación de la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales de la I. Municipalidad de Las Condes contenida en el decreto alcaldicio sección 1ª Nº 1.573 de 12 de junio de 2001; la necesidad de regular y adecuar anualmente los derechos municipales por concesiones, permisos o servicios respecto de los cuales no se ha fijado un monto; Acuerdos Nº 98 adoptado en la 411 Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 12 de diciembre de 2001 y Nº 105 adoptado en la 55 Sesión Extraordinaria de fecha 19 de diciembre de 2001; lo dispuesto en el artículo 42 y demás pertinentes del D.S. Nº 2.385 de 1996 del Ministerio del Interior, publicado en el Diario Oficial el 20/11/96, que fija el texto refundido y sistematizado del D.L. Nº 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales; lo dispuesto en los artículos 5º letra d), 12, 13, letra d), 65 letras c) y j) y 79 letra b) del D.F.L. Nº 2/19.602 de 1999 del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido de la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades; el decreto alcaldicio sección 1ª Nº 3.228 de 07 de diciembre de 2000 y en uso de las atribuciones que me han sido delegadas por decreto alcaldicio sección 1ª Nº 3.257 de 15 de diciembre de 2000,

D e c r e t o:

1.- Modifícase la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales de la I. Municipalidad de Las Condes, contenida en el texto refundido que se fijó por decreto alcaldicio sección 1ª Nº 774 de 13 de marzo de 2001, modificada por el decreto alcaldicio sección 1ª Nº 1.573 de 12 de junio de 2001, en los siguientes términos:

I.- Modifícase el artículo sexto en lo siguiente:

  1. Reemplázase el Nº 4 por el siguiente:

    U.T.M. 4.- Los servicios de bodegaje de letreros,

    atriles, vehículos de vendedores ambulantes o demás especies encontradas en la vía pública, diario por m3 o

    fracción ocupado 0,05

  2. Agrégase el siguiente Nº 5 nuevo

    5.- Servicios de bodegaje de elementos retirados

    desde propiedad privada.

    diario por m3 o fracción ocupado 0,05

  3. Agrégase el siguiente inciso final

    El cobro por los servicios de bodegaje señalados en los números 4 y 5 es sin perjuicio del pago que el propietario de los citados elementos debe efectuar a la Municipalidad por concepto del gasto en que ésta ha incurrido por el retiro y traslado de los mismos hasta las bodegas municipales, el que será cuantificado por el Departamento de Construcción y Aguas, y cuyo monto se pagará conjuntamente con los servicios de bodegaje.

    II.- Modificase el Artículo Séptimo de la siguiente forma:

    1) Se reemplaza el inciso primero por el siguiente:

    La Municipalidad no otorgará permisos de estacionamiento reservado en Bienes Nacionales de Uso Público en los Sectores I, II y III individualizados en este artículo. Se exceptúa de esta disposición aquellos casos contemplados en la Ley N° 18.290, Plan Regulador, Ordenanza de Carga y Descarga y demás normas legales...

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