Decreto 2516 - APRUEBA ORDENANZA DE KIOSCOS DE DIARIOS Y REVISTAS - MUNICIPALIDAD DE LA SERENA - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 243629618

Decreto 2516 - APRUEBA ORDENANZA DE KIOSCOS DE DIARIOS Y REVISTAS

EmisorMUNICIPALIDAD DE LA SERENA
Rango de LeyDecreto

APRUEBA ORDENANZA DE KIOSCOS DE DIARIOS Y REVISTAS

Núm. 2.516.- La Serena, 25 de septiembre de 2000.- Vistos: La Constitución Política de la República; artículos 5 letra c), 36 inciso 2º, 56 inciso 1º, 63 letra f), 65 letra j) del texto refundido de la ley 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades publicada el 11 de enero de 2000, Acuerdo Nº 1 de la Sesión Ordinaria Nº 363 del Concejo Municipal de fecha 22 de marzo de 2000, y

Considerando:

1) La facultad del Municipio de administrar los bienes nacionales de uso público de la comuna de La Serena.

2) La necesidad de regular el otorgamiento y término de los permisos sobre Bien Nacional de Uso Público, relativo a los kioscos de diarios y revistas de la comuna de La Serena.

3) Que resulta imperativo compatibilizar la actividad de kioscos de diarios y revistas con el uso normal de las vías públicas ejercido por los ciudadanos de la comuna de La Serena,

D e c r e t o:

Apruébase la siguiente Ordenanza de Kioscos de Diarios y

Revistas

Artículo 1º

La presente ordenanza municipal tiene por objeto establecer la forma y requisitos para la obtención de permisos de Ocupación de Bien Nacional de Uso Público destinados a la instalación de kioscos de diarios y revistas, reglamentar las características y demás condiciones que deban cumplir los mismos, y establecer las obligaciones y prohibiciones a que se encuentran sujetos los permisionarios, así como las sanciones correspondientes.

Artículo 2º

Las disposiciones de la presente ordenanza serán aplicables a todos los kioscos de venta de diarios y revistas ubicados en Bienes Nacionales de Uso Público, dentro de la comuna de La Serena, incluyendo aquellos cuyos permisos se hubiesen otorgado con anterioridad a la publicación de la presente ordenanza.

De los permisos

Artículo 3º

Los permisos de Ocupación de Bien Nacional de Uso Público tienen carácter de precarios, por tanto, podrán ser modificados o dejados sin efecto de acuerdo a lo establecido en el artículo 36, inciso 2º de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, encontrándose el permisionario obligado a poner a disposición inmediata de la Municipalidad de La Serena, el Bien Nacional de Uso Público objeto del permiso, retirando al efecto el kiosco y demás instalaciones.

Artículo 4º

Podrán solicitar permiso de Ocupación de Bien Nacional de Uso Público para la instalación de kioscos de venta de diarios y revistas, las personas que cumplan con los siguientes requisitos:

  1. Ser persona natural,

  2. Ser mayor de edad,

  3. Ser residente por 3 años en la comuna de La Serena,

  4. No tener otra actividad lucrativa,

  5. Situación socioeconómica precaria, y

  6. No haber sido condenada por delito que merezca pena aflictiva.

Artículo 5º

Toda solicitud de permiso de Ocupación de Bien Nacional de Uso Público para la instalación de kioscos de diarios y revistas, ingresará mediante un formulario de solicitud de patente, el cual deberá ser entregado en la Sección Patentes del Municipio.

Artículo 6º

Luego de ingresada la solicitud, se remitirán los antecedentes al Departamento de Desarrollo Comunitario del Municipio, el cual elaborará un informe social respecto de la situación económica presentada por el solicitante. En el evento que el informe social fuese favorable, pasará la solicitud a la Dirección de Obras Municipales, donde deberán acompañarse los siguientes documentos:

  1. Fotografía tamaño carné del solicitante.

  2. Fotocopia de la cédula de identidad del solicitante.

  3. Certificado de antecedentes del solicitante.

  4. Certificado de residencia del solicitante.

  5. Iniciación de actividades, si la tuviere.

  6. Informe social favorable de la Dirección de Desarrollo Comunitario.

Artículo 7º

La Dirección de Obras Municipales, verificará que el emplazamiento del kiosco sea adecuado, elaborando un croquis de ubicación al efecto e informando favorablemente para el otorgamiento del permiso, si fuere procedente.

Artículo 8º

Con los antecedentes anteriores, se elaborará el correspondiente decreto alcaldicio que otorgue permiso de Ocupación de Bien Nacional de Uso Público para la...

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