Decreto 77 - APRUEBA ORDENANZA SOBRE REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS RECEPTORAS DE FONDOS PUBLICOS
Emisor | MUNICIPALIDAD DE MEJILLONES |
Rango de Ley | Decreto |
APRUEBA ORDENANZA SOBRE REGISTRO DE PERSONAS JURIDICAS RECEPTORAS DE FONDOS PUBLICOS
Núm. 77.- Mejillones, 14 de enero de 2004.- Vistos:
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- Lo dispuesto en la ley Nº 19.862, que establece el Registro de las Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos.
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- El decreto supremo (H) Nº 375, de 2003, que aprueba el reglamento de la ley Nº 19.862, que establece el Registro de las Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos.
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- El Acuerdo del Concejo Municipal, adoptado en Sesión Ordinaria Nº 153/04, de fecha 06.01.2004, mediante el cual se aprueba el proyecto de Ordenanza Municipal sobre esta materia.
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- Y las facultades que me confiere la ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.
Decreto:
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- Apruébase la Ordenanza de Registro de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos.
- Artículo 1º: Existirá en la Municipalidad de Mejillones un Registro Público de Personas Jurídicas Receptora de Fondos Públicos, a cargo de la Dirección de Administración y Finanzas.
Para tal efecto, se entenderá por transferencias de fondos públicos las subvenciones a personas jurídicas, sin prestación recíproca en bienes o servicios y todo subsidios que por cualquier motivo otorgue la Municipalidad de Mejillones para financiamiento de actividades específicas o programas especiales y los gastos inherentes o asociados a la realización de éstos.
Las personas jurídicas que postulen a obtener fondos o subvenciones municipales deberán estar inscritas en el citado Registro con anterioridad a su solicitud, de conformidad con lo dispuesto en la ley Nº 19.682 y su reglamento.
Asimismo, deberán incorporarse al Registro aquellas personas jurídicas que efectúen donaciones a la Municipalidad de Mejillones, sujetas a algún beneficio tributario.
- Artículo 2º: El Registro deberá contener a lo menos las siguientes menciones:
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Individualización de la persona jurídica receptora o donante. Su nombre o razón social, Rol Unico Tributario, objeto social y domicilio.
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Antecedentes de constitución de la persona jurídica, naturaleza jurídica y vigencia.
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Composición del Directorio, si lo hubiere.
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Individualización del representante legal.
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Area de especialización.
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Antecedentes financieros de la institución.
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Objeto o destino de la aplicación de los fondos y actividad, trabajo o comisiones que se le hubieren encargado.
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Monto y fecha de la transferencia.
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Marco legal de la aplicación de los fondos.
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Región...
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