Decreto 338 EXENTO - MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS DE EXPENDIO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS - MUNICIPALIDAD DE QUILICURA - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 243772798

Decreto 338 EXENTO - MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS DE EXPENDIO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS

EmisorMUNICIPALIDAD DE QUILICURA
Rango de LeyDecreto

MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE HORARIO DE FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS DE EXPENDIO DE BEBIDAS ALCOHOLICAS

Quilicura, 28 de marzo de 2000.- La Alcaldía decretó hoy lo que sigue:

Núm. 338 exento.- Vistos estos antecedentes: La ordenanza local sobre horario de funcionamiento de establecimientos y expendio de bebidas alcohólicas sancionada por decreto Nº1.601, de fecha 03.11.99; la facultad otorgada por la letra j) y ñ) del artículo 63 de la ley Nº18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, texto refundido por D.F.L. Nº2/19.602 del M. del I.; la ley Nº17.105 de Alcoholes, Bebidas Alcohólicas y Vinagres; el decreto ley Nº3.063 de Rentas Municipales; el Acuerdo del Concejo Municipal Nº252, de fecha 15 de marzo de 2000, y en uso de las facultades y atribuciones que me otorga la ley Nº18.695, ya mencionada.

D e c r e t o:

Sanciónase modificación a la ordenanza municipal que fija el horario de funcionamiento de los establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas de la comuna, en los términos que a continuación se indican:

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