Decreto 642 - MODIFICA ORDENANZA SOBRE COBRO DE DERECHOS DEL SERVICIO DOMICILIARIO POR EXTRACCION DE BASURA
Emisor | MUNICIPALIDAD DE LO PRADO |
Rango de Ley | Decreto |
MODIFICA ORDENANZA SOBRE COBRO DE DERECHOS DEL SERVICIO DOMICILIARIO POR EXTRACCION DE BASURA
Lo Prado, 18 de junio de 2002.- La alcaldía decretó hoy:
Núm. 642.- Vistos: El decreto alcaldicio Nº11, de fecha 8 de enero de 1998 mediante el cual se aprueba la ordenanza sobre Cobro de Derechos del Servicio Domiciliario por Extracción de Basura; el memorándum Nº193 de la Dirección de Desarrollo Comunitario de fecha 16 de abril de 2002; el memorándum Nº137 de la Dirección de Asesoría Jurídica de fecha 23 de abril de 2002; el memorándum Nº51/2002 de la Dirección de Aseo y Ornato de fecha 8 de mayo de 2002; documentos que se refieren a la necesidad de modificar algunos artículos de la mencionada ordenanza con el objeto de favorecer a los usuarios más desposeídos de la comuna; el acuerdo Nº040-2002 del Concejo Municipal de fecha 14 de mayo de 2002; y
Teniendo presente: las facultades que me confiere la ley Nº18.695 de 1988, Orgánica Constitucional de Municipali-dades,
D e c r e t o:
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- Artículo primero. Reemplázanse los artículos
15, 16 y 17 de la ordenanza sobre Cobro de Derechos del
Servicio Domiciliario por Extracción de Basura por los
siguientes:
Quedan exentos de la obligación de pago establecida en esta ordenanza los siguientes contribuyentes:
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- Los que posean un puntaje CAS II igual o inferior a 550 puntos.
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- Los beneficiarios de pensiones asistenciales.
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- Toda persona que sea beneficiaria de algún subsidio de la red social, salvo que se trate de subsidio habitacional y de agua potable.
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- Los que deban pagar derechos por una vivienda cuyo avalúo fiscal sea igual o inferior a 25 UTM.
Se rebajará en un 50% el pago de los derechos de recolección de desechos domiciliarios a los siguientes contribuyentes:
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- Los que posean un puntaje CAS II igual o superior a 551 e igual o inferior a 600 puntos, y cuyo ingreso no sea superior a un ingreso mínimo mensual.
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- Los que deban...
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