Decreto 1254 - APRUEBA ORDENANZA SOBRE 'TRABAJOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD PARA CUMPLIR SENTENCIAS DICTADAS POR EL JUEZ DE POLICÍA LOCAL' - MUNICIPALIDAD DE LOS VILOS - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 239633646

Decreto 1254 - APRUEBA ORDENANZA SOBRE 'TRABAJOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD PARA CUMPLIR SENTENCIAS DICTADAS POR EL JUEZ DE POLICÍA LOCAL'

EmisorMUNICIPALIDAD DE LOS VILOS
Rango de LeyDecreto

APRUEBA ORDENANZA SOBRE "TRABAJOS EN BENEFICIO DE LA COMUNIDAD PARA CUMPLIR SENTENCIAS DICTADAS POR EL JUEZ DE POLICÍA LOCAL"

Núm. 1.254.- Los Vilos, 16 de abril de 2009.- Vistos:

  1. - Lo dispuesto en el artículo 20 de la ley Nº18.287, sobre Procedimiento ante los Juzgados de Policía Local.

  2. - Que es necesario establecer el procedimiento por el cual se regirá la realización de trabajos en beneficio de la comunidad que podrían efectuar los infractores que determine el Juez de Policía, en virtud de la norma legal antes citada.

  3. - El acuerdo adoptado por el Honorable Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria Nº13, de fecha 3 de marzo de 2009, mediante el cual se aprobó el proyecto presentado por el Sr. Alcalde.

  4. - Las facultades que me confiere la ley Nº18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades,

Decreto:

Apruébase el texto siguiente de la Ordenanza Municipal sobre "Trabajos en Beneficio de la Comunidad para cumplir Sentencias dictadas por el Juez de Policía Local", de la comuna de Los Vilos, que comenzará a regir a contar del día de su publicación.

Artículo 1º

La ley Nº18.287, otorga al Juez de Policía Local la facultad de conmutar todo o parte de la multa aplicada por la realización de trabajos en beneficios por la Municipalidad.

Artículo 2º

El tiempo de duración de los trabajos estará determinado por la reducción del monto de multa a días, a razón de un día por cada quinto de Unidad Tributaria Mensual, que efectuará el Juez de Policía Local, los que fraccionarán en horas para completar media jornada laboral, entendiéndose que la jornada completa es de 8 horas.

Artículo 3º

Los trabajos señalados se efectuarán de preferencia los días sábados y domingos de 09:00 a 13:30 horas.

Artículo 4º

Los tipos de trabajos en beneficio de la comunidad que podrán realizar las personas cuyas multas sean conmutadas por el Juez de Policía Local, previa solicitud del afectado o acreditación de condición económica deficiente, serán los siguientes:

  1. Pintura de inmobiliario urbano, edificios municipales y locales de organizaciones comunitarias.

  2. Limpieza de sitios eriazos.

  3. Barrido y limpieza de calles, avenidas, plazas y parques.

  4. Labores de limpieza y aseo del entorno exterior de edificios municipales y comunitarios.

  5. Prestación de Servicios Profesionales.

Artículo 5º

La Unidad...

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