Decreto 10 - MODIFICA ORDENANZA COMUNAL SOBRE BECAS MUNICIPALES - MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE MAIPO - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 243074230

Decreto 10 - MODIFICA ORDENANZA COMUNAL SOBRE BECAS MUNICIPALES

EmisorMUNICIPALIDAD DE SAN JOSE DE MAIPO
Rango de LeyDecreto

MODIFICA ORDENANZA COMUNAL SOBRE BECAS MUNICIPALES

Núm. 10.- San José de Maipo, 5 de Enero de 2002.- Vistos:

  1. - El decreto exento Nº 243 del 08.08.2000 mediante el cual se aprueba la Ordenanza Comunal sobre Becas Municipales.

  2. - El Certificado de Acuerdo Nº 09.01 por el cual en Reunión Extraordinaria Nº 9 celebrada el 02.05.2001, se acordó por unanimidad rechazar el informe elaborado por el Comité Técnico Beca Municipal. Por otro lado se acuerda eliminar del Reglamento de las Becas Municipales, el requisito de haber estudiado en un establecimiento de la comuna y se establece como requisito ser residente en la comuna por un plazo no menor de tres años y que también se elimine el requisito de incompatibilidad es decir, la beca podrá ser compatible con cualquiera otra beca del sistema chileno o extranjero.

  3. - El Certificado de Acuerdo Nº 10/01 por el cual en Reunión Extraordinaria Nº 1 del Consejo de Desarrollo GasAndes, celebrada el 02.05.2001, se acordó por unanimidad, solicitar un informe referente a los principales motivos por cuales se ha producido deserción en los alumnos becados y se identifique que los alumnos son. Del mismo modo, se acuerda que los alumnos becados entreguen un Informe de Evaluación respecto a su rendimiento académico.

  4. - El Certificado Nº 78/01 del 18.07.2001 por el cual el Sr. Secretario Municipal señala que en Sesión Ordinaria Nº 14 de fecha 18 de Julio del 2001 el Concejo Municipal aprobó, por unanimidad, modificar el Título I de la Ordenanza de las Becas Municipales en su artículo 3º, quedando como sigue: -Eliminar de la ordenanza el requisito de haber estudiado en un establecimiento de la comuna.- Se establezca como requisito ser residente en la comuna por un plazo no menor a tres años. Se elimine el requisito de la incompatibilidad, es decir, la beca podrá ser compatible con cualquiera otra beca del sistema chileno o extranjero.

  5. - El Certificado Nº 79/01 del 18.07.2001 mediante el cual el Sr. Secretario Municipal señala que en Sesión Ordinaria Nº 14 de fecha 18 de Julio del 2001 el Concejo Municipal aprobó, por unanimidad, agregar a la Ordenanza sobre Becas Municipales lo siguiente: Que los alumnos becados entreguen un Informe de Evaluación respecto de su rendimiento académico al término de cada semestre. Dicho certificado debe ser emitido por el Instituto o la Universidad donde esté cursando sus estudios el becario.

  6. - El decreto alcaldicio...

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