ORD. Nº 5634 6 de Noviembre de 2018
Fecha Disposición | 6 de Noviembre de 2018 |
DEPARTAMENTO JURÍDICO
UNIDAD DE DICTÁMENES E
INFORMES EN DERECHO
E 15255 (2269) 2018
ORD.:5634
MAT.: Trabajadores de artes y espectáculos; Jornada de trabajo; Tiempos de traslados y desplazamientos; Imputación a la jornada; Procedencia;
RORD.: El tiempo destinado para el traslado de los músicos de la Orquesta Clásica del Maule, para presentaciones fuera del Teatro, en otras ciudades o países, no constituye jornada laboral.
ANT.: 1) Ordinario Nº908 de 05.10.2018, de Director Regional del Trabajo del Maule (S)
2) Presentación de 20.08.2018, de doña Jacqueline Carvajal, Jefa de Finanzas Teatro Regional del Maule
SANTIAGO, 06.11.2018
DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO (S)
A : JACQUELINE CARVAJAL
JEFA DE FINANZAS TEATRO REGIONAL DEL MAULE
1 ORIENTE 1484, TALCA
Mediante presentación del antecedente 2), ha solicitado un pronunciamiento jurídico respecto a si el traslado de los músicos de la Orquesta Clásica del Maule, para presentaciones fuera del Teatro (otras ciudades o países), constituye jornada de trabajo.
Hace presente que los músicos han sido contratados bajo la modalidad de contrato por obra o faena, y que en el cumplimiento de sus funciones correspondería su traslado a otras ciudades o países.
Conforme a tales antecedentes, cabe considerar lo dispuesto en los incisos 1 y 2 del artículo 145-A del Código del Trabajo, que prescriben:
"El presente Capítulo regula la relación de trabajo, bajo dependencia o subordinación, entre los trabajadores de artes y espectáculos y su empleador, la que deberá tener una duración determinada, pudiendo pactarse por un plazo fijo, por una o más funciones, por obra, por temporada o por proyecto. Los contratos de trabajo de duración indefinida se regirán por las normas comunes de este Código.
"Se entenderá por trabajadores de artes y espectáculos, entre otros, a los actores de teatro, radio, cine, internet y televisión; folcloristas; artistas circenses; animadores de marionetas y títeres; coreógrafos e intérpretes de danza, cantantes, directores y ejecutantes musicales; escenógrafos, profesionales, técnicos y asistentes cinematográficos, audiovisuales, de artes escénicas de diseño y montaje; autores, dramaturgos, libretistas, guionistas, doblajistas, compositores y, en general, a las personas que, teniendo estas calidades, trabajen en circo, radio, teatro, televisión, cine, salas de grabaciones o doblaje, estudios cinematográficos, centros nocturnos o de variedades o en cualquier otro lugar donde se presente...
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