ORD. Nº 4817 13 de Septiembre de 2018 - Doctrina Administrativa - VLEX 742081113

ORD. Nº 4817 13 de Septiembre de 2018

Fecha Disposición13 de Septiembre de 2018

DEPARTAMENTO JURÍDICO

DIRECCION DEL TRABAJO

K9594(1929)18

ORD. : 4817

MAT.: Dirección del Trabajo; Competencia; Materia previsional;

RORD.: Atiende presentación que indica.

ANT.: Presentación de 23.08.18 de don Ignacio Rostión Casas por la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Macul.

SANTIAGO, 13.09.2018

DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO (S)

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

A : SR. IGNACIO ROSTIÓN CASAS

CORPORACIÓN MUNICIPAL DE DESARROLLO SOCIAL DE MACUL

GREGORIO DE LA FUENTE ROJAS N° 3556

MACUL

Mediante presentación del antecedente, solicita Ud., en representación de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Macul, un pronunciamiento en relación al Ordinario N°19.973, de la Superintendencia de Pensiones, el cual señala que las horas extraordinarias que realice el personal regido por la ley N 19.378 no revisten el carácter de imponibles, lo que sería contrario al accionar tanto de los Tribunales como de esta Dirección.

En primer lugar, cabe señalar que este Servicio no puede referirse a la forma cómo actúan los Tribunales de Justicia en relación a la materia en consulta.

Efectuada esta precisión, y en lo que compete a esta Dirección, se ha señalado reiteradamente, entre otros, mediante Ordinarios N°3934, de 27.07.18 y 1753, de 24.04.17 que carece de competencia para pronunciarse sobre materias de índole previsional, sin perjuicio de las facultades fiscalizadoras que le confiere la ley.

Por otra parte, esta Dirección ha señalado, entre otros...

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