ORD. N°476 27 de Enero de 2017. Atiende presentaciones de Sra. María José Rodríguez Becker en representación de empresas A.F.P. Capital S.A. y Seguros de Vida Sura S.A., sobre de sistema electrónico de registro y control de asistencia regulado por el dictamen Nº1140/027, de 24.02.2016. - Doctrina Administrativa - VLEX 671107989

ORD. N°476 27 de Enero de 2017. Atiende presentaciones de Sra. María José Rodríguez Becker en representación de empresas A.F.P. Capital S.A. y Seguros de Vida Sura S.A., sobre de sistema electrónico de registro y control de asistencia regulado por el dictamen Nº1140/027, de 24.02.2016.

Fecha Disposición27 de Enero de 2017
MateriaAtiende presentaciones de Sra. María José Rodríguez Becker en representación de empresas A.F.P. Capital S.A. y Seguros de Vida Sura S.A., sobre de sistema electrónico de registro y control de asistencia regulado por el dictamen Nº1140/027, de 24.02.2016.

DEPARTAMENTO JURIDICO

K531 (126) 2017

K532 (127) 2017

ORD.:476/

MAT.: Registro especial de asistencia y determinación de las horas de trabajo; Certificación;

RORD.: Atiende presentaciones de Sra. María José Rodríguez Becker en representación de empresas A.F.P. Capital S.A. y Seguros de Vida Sura S.A., sobre de sistema electrónico de registro y control de asistencia regulado por el dictamen Nº1140/027, de 24.02.2016.

ANT.: Presentaciones de 17.01.2017, de Sra. María José Rodríguez Becker, en representación de empresas A.F.P. Capital S.A. y Seguros de Vida Sura S.A.

SANTIAGO, 27.01.2017

DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

A : SR. MARÍA JOSÉ RODRÍGUEZ BECKER

GERENTE DE TALENTO HUMANO

EMPRESAS A.F.P. CAPITAL S.A. Y SEGUROS DE VIDA SURA S.A

AVENIDA APOQUINDO N°4820, PISO 14

LAS CONDES

Mediante su presentación del antecedente, usted solicita un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia y determinación de las horas de trabajo que actualmente utilizan, se ajusta a las exigencias que sobre la materia establece el dictamen Nº1140/027, de 24.02.2016.

Sobre el particular, cumplo con informar a Ud. que, de acuerdo a lo señalado en el dictamen precitado, los sistemas por los que se consulta deben ser sometidos a un proceso de verificación integral, cuyo resultado debe ser un informe de certificación completo y autosuficiente el cual, a su turno, debe ser acompañado a la respectiva solicitud de autorización de funcionamiento.

En tal orden de consideraciones, es dable indicar que los informes de certificación son analizados por el Departamento de...

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