ORD. N°4605 4 de Octubre de 2017. 1. La naturaleza del Protocolo de Acuerdo no es de aquellos contratos o convenios regulados en el Código del Trabajo, sino que se trata de un acuerdo que, descansando en la autonomía de los cuerpos intermedios, obliga a la Corporación Nacional Forestal a respetar ciertas condiciones de contratación y promoción de carrera funcionaria.2. Este ...
Fecha Disposición | 4 de Octubre de 2017 |
Materia | 1. La naturaleza del Protocolo de Acuerdo no es de aquellos contratos o convenios regulados en el Código del Trabajo, sino que se trata de un acuerdo que, descansando en la autonomía de los cuerpos intermedios, obliga a la Corporación Nacional Forestal a respetar ciertas condiciones de contratación y promoción de carrera funcionaria.2. Este ... |
DEPARTAMENTO JURIDICO
K. 6917 (1595) 2017
ORD.:4605/
MAT.: 1. La naturaleza del Protocolo de Acuerdo no es de aquellos contratos o convenios regulados en el Código del Trabajo, sino que se trata de un acuerdo que, descansando en la autonomía de los cuerpos intermedios, obliga a la Corporación Nacional Forestal a respetar ciertas condiciones de contratación y promoción de carrera funcionaria.
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Este Servicio carece de competencia para determinar el sentido y alcance de las normas contenidas en el Protocolo de Acuerdo de 2014 y el Sistema de Promoción de Carrera Funcionaria de 2016, como para sancionar el incumplimiento de sus disposiciones, correspondiendo dicha atribución a los Tribunales de Justicia.
ANT.: 1) Ord. N°547 de 25.08.2017, de Director Ejecutivo Corporación Nacional Forestal.
2) Ord. N°3672 de 10.08.2017, de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.
3) Pase N°854 de 25.07.2017, de Jefe de Gabinete Director del Trabajo.
4) Oficio N°109849 de 18.07.2017, de Unidad Jurídica, Contraloría Regional Metropolitana de Santiago.
5) Presentación de 10.07.17 de Elvis Núñez Ojeda, Secretario Sindicato de Trabajadores de Empresa CONAF.
SANTIAGO, 04.10.2017
DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO
A : ELVIS NÚÑEZ OJEDA
SECRETARIO SINDICATO DE TRABAJADORES DE EMPRESA CONAF
PASEO BULNES N° 285, OF. 803
SANTIAGO/
Mediante Oficio del antecedente 4) se ha remitido a este Servicio la presentación del antecedente 5), en virtud de la cual se solicita un pronunciamiento respecto del supuesto incumplimiento en que la Corporación Nacional Forestal estaría incurriendo a los acuerdos suscritos entre su Dirección Ejecutiva y las organizaciones sindicales de la Corporación.
Lo denunciado, dice relación, específicamente, con la contratación de personal transitorio, sin concurso previo, interno o externo, y cuyos sueldos serían superiores a los establecidos para el personal que ingresa a la dotación permanente.
La situación precedentemente expuesta, en opinión del recurrente, configuraría un trato discriminatorio que perjudicaría a trabajadores del estamento administrativo de carácter permanente, quienes, con mayor experiencia y antigüedad en el interior de la organización, recibirían sueldos inferiores a los fijados para el nuevo personal contratado.
En forma previa a resolver sobre el particular y con el objeto de dar cumplimiento al principio de contradicción e igualdad de las partes, se dio traslado de la presentación reseñada en el párrafo anterior a la...
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