ORD. N°4398 20 de Septiembre de 2017. Atiende presentación que indica. - Doctrina Administrativa - VLEX 695278073

ORD. N°4398 20 de Septiembre de 2017. Atiende presentación que indica.

Fecha Disposición20 de Septiembre de 2017
MateriaAtiende presentación que indica.

DEPARTAMENTO JURÍDICO

DIRECCION DEL TRABAJO

K7962(1801)17

ORD. :4398/

MAT.: Estatuto de Salud; Atención primaria de salud municipal; Régimen disciplinario; Aplicación supletoria del estatuto administrativo;

RORD.: Atiende presentación que indica.

ANT.: Presentación de 17.08.17 de don Jaime Rosales Arellano.

SANTIAGO, 20.09.2017

DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

A : SR. JAIME ROSALES ARELLANO

PASAJE ESLOVAQUIA N° 124, LA RINCONADA

MELIPILLA

Mediante presentación del antecedente, solicita Ud. a esta Dirección información sobre la gravedad de la infracción que cometió al haber sido sorprendido por funcionarias de la Corporación Municipal para la que presta servicios incumpliendo un reposo ordenado mediante licencia médica y las sanciones a las que se puede exponer una vez finalizado el sumario administrativo que se pueda incoar en su contra.

Al respecto, y considerando que señala Ud. que es kinesiólogo cumplo con informarle que de acuerdo a lo dispuesto por el inciso 1° del artículo 4° de la ley N°19.378, normativa aplicable a quienes se desempeñan en el ámbito de la atención primaria de la salud, corresponde aplicar supletoriamente el artículo 118 de la ley N°18.883, Estatuto de los funcionarios municipales, en virtud del cual el empleado que infringiere sus obligaciones funcionarias podrá ser objeto de anotaciones de demérito en su hoja de vida o de medidas disciplinarias.

Por otra parte, de acuerdo a lo que dispone el artículo 119 de la ley N°18.883 también podría pesar sobre el funcionario responsabilidad civil y penal.

Ahora bien, si la respectiva Corporación Municipal opta por incoar un sumario administrativo en su contra, ello podría eventualmente significar la posible aplicación de la causal de término de contrato contemplada en el artículo 48, letra b) de la ley 19.378, esto es, por falta de probidad, conducta inmoral o incumplimiento grave de las obligaciones funcionarias...

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