ORD. N°4003 31 de Julio de 2018 - Doctrina Administrativa - VLEX 736779641

ORD. N°4003 31 de Julio de 2018

Fecha Disposición31 de Julio de 2018

DEPARTAMENTO JURÍDICO

UNIDAD DE DICTÁMENES E

INFORMES EN DERECHO

K 5763 (1156) 2018

ORD.:4003

MAT.: Registro de asistencia; Libro de asistencia; Trabajadores agrícolas;

RORD.: Procederá como libro registro de asistencia, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 4 del Decreto N°45 de 1986, del Ministerio del Trabajo y Seguridad Social, sólo en el caso que la hoja que usted adjunta, entendida como un modelo de lo que se implementará, se reúna a otras iguales y formen un solo volumen.

ANT.: 1.- Instrucciones de 26.07.2018 del Jefe del Departamento Jurídico.

  1. - Presentación de 18.05.2018, de don César Illanes Palma, en representación de la empresa Inversiones del Pacífico Limitada.

SANTIAGO, 31.07.2018

DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

A : SR. CÉSAR ILLANES PALMA

INVERSIONES DEL PACÍFICO LIMITADA.

AVENIDA VITACURA N°5093 PISO 7

VITACURA

Mediante la presentación del antecedente 2), Ud. solicita que este Servicio –en virtud de la documentación acompañada-, se pronuncie acerca de la legitimidad para el uso del registro control de asistencia de trabajadores agrícolas de planta y de temporada, consistente en un libro de asistencia debidamente foliado y con la simbología ajustada a la legislación vigente y al Dictamen Ordinario N° 7.908/155 de 26.10.1988.

Sobre el particular, cumplo con informar a Ud. lo siguiente:

Que el artículo 33 del Código del Trabajo, en su inciso primero, dispone: “Para los efectos de controlar la asistencia y determinar las horas de trabajo, sean ordinarias o extraordinarias, el empleador llevará un registro que consistirá en un libro de asistencia del personal o en un reloj control con tarjetas de registro”.

Del precepto legal transcrito se desprende que la asistencia y las horas de trabajo, ordinarias o extraordinarias, se controlan y determinan mediante un registro que puede asumir una de las siguientes formas:

  1. Un libro de asistencia del personal, o

  2. Un reloj con tarjetas de registro.

Por su parte, los incisos 1º, 2º y 3º del artículo 4º del D.S. Nº45 de 1986, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Reglamento para la aplicación de los artículos 135 y 136 del Decreto Ley 2.200, actuales artículos 87 y siguientes del Código del Trabajo, contenidos en el capítulo "Del Contrato de Trabajadores Agrícolas", establecen:

“El control de la asistencia y la determinación de las horas de trabajo, sean ordinarias o extraordinarias, se sujetarán a las normas generales sobre la materia previstas en el...

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