ORD. N°3773 24 de Julio de 2015. Negociación Colectiva; Extensión de beneficios; Aporte del 75% de la cuota ordinaria sindical; Requisitos que se deben reunir para exigir el aporte; - Doctrina Administrativa - VLEX 582634966

ORD. N°3773 24 de Julio de 2015. Negociación Colectiva; Extensión de beneficios; Aporte del 75% de la cuota ordinaria sindical; Requisitos que se deben reunir para exigir el aporte;

Fecha Disposición24 de Julio de 2015
MateriaNegociación Colectiva; Extensión de beneficios; Aporte del 75% de la cuota ordinaria sindical; Requisitos que se deben reunir para exigir el aporte;

DEPARTAMENTO JURIDICO

ORD. Nº 3773 /

MAT.: Negociación Colectiva; Extensión de beneficios; Aporte del 75% de la cuota ordinaria sindical; Requisitos que se deben reunir para exigir el aporte.

RORD.: Los trabajadores que a la fecha de habérseles otorgado elbono variable, pactadoenelcontratocolectivosuscritoporelSindicatodeTrabajadoresOperacionesTronaduradeEmpresaOricaChileS.A.,EstablecimientoCandelaria,teníanlacalidaddesociosdelSindicatodeTrabajadoresdeEmpresaOricaChileS.A., no están obligados a efectuar el aporte previsto en el artículo 346 del Código del Trabajo a favor de la primera de las mencionadas organizaciones.

ANT.:1)Pase N°90, 24.06.2015, de Jefa Unidad de Defensa Judicial, Derechos Fundamentales y Coordinación Jurídica (s).

2)Respuesta, de 23.01.2015, de Sr. Sergio Barra Sánchez, por Orica Chile S.A.

3)PaseN°17,de22.01.2015,deJefeUnidaddeDictámeneseInformesenDerecho(s).

4) Ords. N°s. 145 y 144, de 13.01.2015, de Jefe Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho (s).

5) Pase N°153, de 10.12.2014, de Jefa Unidad de Defensa Judicial, Derechos Fundamentales y Coordinación Jurídica.

6) Presentación, de 20.11.2014, de Sindicato de Trabajadores de Empresa Orica Chile S.A.

SANTIAGO, 24 de julio de 2015

DE :JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

A : SEÑORES, NELSON URÍZAR BLANCO Y NELSON PIZARRO CASTRO

PRESIDENTE Y TESORERO, SINDICATO DE TRABAJADORES DE EMPRESA ORICA CHILE S.A.

RODRÍGUEZ N°771, OFICINA B

COPIAPÓ /

Mediante presentación citada en el antecedente 6), solicitan la revisión de la mediaciónN°0301/2014/1231,llevadaacaboantelaInspecciónProvincialdelTrabajodeCopiapó,entrelaempresaOricaS.A.yelSindicatodeTrabajadoresOperacionesTronaduradeEmpresaOricaChileS.A.,EstablecimientoCandelaria,luegodelaconstatacióndeloshechosdenunciadospordichaorganizaciónsindicalencontradesuempleadora,losquesehabríanestimadocomoconstitutivosdeunaposiblevulneracióndederechosfundamentalesyquesetraducenenlaextensióndelbeneficiodenominadobonovariable,obtenidoporelsindicatodenunciante,asociosdelSindicatodeTrabajadores de Empresa Orica Chile S.A., sin aplicar a las remuneraciones de estos últimos el descuento del 75% de la cuota ordinaria mensual, con arregloalodispuestoenelartículo346delCódigodelTrabajo.

Talpeticiónobedeceaque,confecha26.09.2014,enelprocesodemediaciónaque hacen referencia, su empleadora, la empresa Orica Chile S.A., se vio obligada, a fin de evitar una eventual denuncia por práctica antisindical, a acordar con el aludido sindicato el descuento del 75% de la cuota ordinaria respectiva, a once trabajadores afiliados a su organización y que laboran en la faena Candelaria, lo cual consta en el acta de mediación, en el que también se dejó expresamente consignado que la referida empresa solicitaría un pronunciamiento a esta Dirección, con el objeto de tener certeza jurídica acerca de la procedencia del descuento del aporte de que se trata, solicitud que contó con la aprobación del sindicato de establecimiento denunciante, en aras del esclarecimiento de...

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