ORD. N°3493 5 de Julio de 2016. Atiende presentación relativa a la celebración de asambleas sindicales ordinarias y extraordinarias en dependencias de la empresa en que laboran los afiliados a la organización sindical respectiva.
Fecha Disposición | 5 de Julio de 2016 |
Materia | Atiende presentación relativa a la celebración de asambleas sindicales ordinarias y extraordinarias en dependencias de la empresa en que laboran los afiliados a la organización sindical respectiva. |
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
DEPARTAMENTO JURIDICO
K3738(9472)2016
ORD.: 3493 /
MAT.: Organización Sindical; Asamblea ordinaria; Celebración; Sede;
RORD.: Atiende presentación relativa a la celebración de asambleas sindicales ordinarias y extraordinarias en dependencias de la empresa en que laboran los afiliados a la organización sindical respectiva.
ANT.: 1) Respuesta traslado de 13.05.2016, de empleadora.
2) Ord. N° 2263 de 25.04.2016, de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.
3) Presentación de 08.04.2016, de Camilo González Labra, por Sindicato N° 1 de Trabajadores Empresa Macal.
SANTIAGO, 05.07.2016
A : SR. CAMILO GONZÁLEZ LABRA
SINDICATO N°1 DE TRABAJADORES EMPRESA MACAL.
ABATE MOLINA N° 77
SANTIAGO
Mediante presentación del antecedente 3), ha solicitado un pronunciamiento esta Dirección tendiente a determinar si resulta legalmente procedente que la empresa Sociedad Comercial y de Servicios Macal Ltda. se negara a facilitar sus instalaciones para la celebración de una asamblea ordinaria el 02 de marzo del año en curso, para la cual habían convocado a sus afiliados previamente.
Agrega, que la reunión se celebró en la entrada de las dos sucursales con que cuenta la empresa, lo cual a su juicio configuraría una práctica desleal al tenor del artículo 291 letra b) del Código del Trabajo.
Al respecto, cúmpleme informar a Ud. que su presentación se ha puesto en conocimiento de su empleador, con la finalidad de que éste aportara sus observaciones y puntos de vista sobre el particular.
En respuesta a la solicitud señalada precedentemente, su empleador señaló que la empresa no tiene inconvenientes en que el sindicato se reúna con sus afiliados en su casa matriz o en la sucursal ubicada en la comuna de Lo Espejo, en la medida que las referidas reuniones sean coordinadas con una antelación mínima de cinco días y se comunique el lugar y horario de su realización.
Asimismo, la empresa acompañó a su respuesta copia de un acuerdo suscrito entre usted en representación de la organización sindical que preside y la empleadora con vigencia de tres años desde el 01 de mayo del año en curso, en virtud del cual acordaron un procedimiento a través de cual el sindicato hará uso de las instalaciones de la empresa para celebrar sus asambleas ordinarias y extraordinarias, el cual disiparía las controversias originadas entre las partes sobre la materia en consulta.
Sin perjurio de lo anterior, a modo...
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