ORD. N°3234 14 de Julio de 2017. Atiende presentación sobre procedimiento calificatorio de funcionaria de atención primaria de la salud municipal que indica. - Doctrina Administrativa - VLEX 695278793

ORD. N°3234 14 de Julio de 2017. Atiende presentación sobre procedimiento calificatorio de funcionaria de atención primaria de la salud municipal que indica.

Fecha Disposición14 de Julio de 2017
MateriaAtiende presentación sobre procedimiento calificatorio de funcionaria de atención primaria de la salud municipal que indica.

DEPARTAMENTO JURÍDICO

DIRECCION DEL TRABAJO

K1065(277)17

ORD. : 3234/

MAT.: Estatuto de Salud; Personal de atención primaria de salud municipal; Proceso calificatorio; Falta de precalificación; Vicio del procedimiento; Notificación de la precalificación; Impugnación de la evaluación; Tribunales de Justicia;

RORD.: Atiende presentación sobre procedimiento calificatorio de funcionaria de atención primaria de la salud municipal que indica.

ANT.: 1) Ordinario N°552 de 30.06.17 de la Sra. Inspectora Provincial del Trabajo de Maipo.

2) Correo electrónico de 28.06.17.

3) Ordinario N°2026 de 15.05.17 de la Sra. Jefa de la Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

4) Ordinario N°1229 de 17.03.17 de la Sra. Jefa de la Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

5) Ordinario N°830 de 20.02.17 de la Sra. Jefa de la Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

6) Pase N°147 de 06.02.17 del Sr. Jefe de Gabinete del Sr. Director del Trabajo.

7) Oficio N°729 de 27.01.17 de la Contraloría General de la República.

8) Presentación de 19.01.17 de doña Carolina Andrea Arenas Vergara.

SANTIAGO, 14.07.2017

DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

A : SRA. CAROLINA ANDREA ARENAS VERGARA

CLAUDIO BRAVO N° 230, CUMBRES DE BUIN

BUIN

Mediante presentación del antecedente 8), solicita Ud., como funcionaria de la atención primaria de salud de la Corporación Municipal de San Bernardo, a la Contraloría General de la República, un pronunciamiento respecto de algunas irregularidades que se habrían producido en su proceso evaluatorio correspondiente al período septiembre 2015-agosto 2016, como asimismo, solicita la impugnación de la calificación que obtuvo como resultado de éste. Dicho órgano contralor remitió esta petición a esta Dirección por tener competencia sobre dicha Corporación Municipal.

Atendido lo anterior, se solicitó informe a la citada Corporación, la que no envió respuesta del requerimiento por lo que se practicó fiscalización de la citada entidad, a objeto de reunir antecedentes para resolver la presente solicitud.

Ahora bien, en cuanto a su primera inquietud, referida a que no se practicó la precalificación por el primer período y que la precalificación del segundo período a evaluar le fue notificada con posterioridad a la calificación propiamente tal, cumplo con informar a Ud. que de acuerdo a lo constatado por la Inspección Provincial del Maipo se pudo establecer que la entidad administradora no realizó las dos precalificaciones exigidas por...

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