ORD. N°2240 24 de Mayo de 2017. Atiende presentación de Sr. Cristián Aguayo Mohr, en representación de empresa Marzullo S.A., sobre utilización de documentación laboral en soporte electrónico.
Fecha Disposición | 24 de Mayo de 2017 |
Materia | Atiende presentación de Sr. Cristián Aguayo Mohr, en representación de empresa Marzullo S.A., sobre utilización de documentación laboral en soporte electrónico. |
DEPARTAMENTO JURIDICO
K15886 (17) 2015
ORD.:2240/
MAT.: Remuneraciones; Comprobante de remuneraciones; Envío por medios electrónicos; Firma del trabajador;
RORD.: Atiende presentación de Sr. Cristián Aguayo Mohr, en representación de empresa Marzullo S.A., sobre utilización de documentación laboral en soporte electrónico.
ANT.: 1) Instrucciones de 24.04.2017, de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.
2) Instrucciones de 21.11.2016, de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.
3) Instrucciones de 05.07.2016, de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.
4) Pase N°03, de 05.01.2016, de Jefa Departamento de Relaciones Laborales.
5) Presentación de 29.12.2015, de Sr. Cristián Aguayo Mohr, en representación de empresa Marzullo S.A.
SANTIAGO, 24.05.2017
DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO
A : SR. CRISTIÁN AGUAYO MOHR
ROSARIO NORTE Nº555, OFICINA 605
LAS CONDES
Mediante presentación del antecedente 5), solicita de este Servicio un pronunciamiento jurídico, a fin de precisar la forma de cumplir con la obligación de requerir de los trabajadores la firma de sus respectivos comprobantes de remuneraciones, dado que su representada paga dicho concepto a través de transferencias electrónicas.
Al respecto, cúmpleme informar a Ud., que el artículo 54 del Código del Trabajo, dispone:
Las remuneraciones se pagarán en moneda de curso legal, sin perjuicio de lo establecido en el inciso segundo del artículo 10 y de lo preceptuado para los trabajadores agrícolas.
A solicitud del trabajador, podrá pagarse con cheque o vale vista bancario a su nombre. Junto con el pago, el empleador deberá entregar al trabajador un comprobante con indicación del monto pagado, de la forma como se determinó y de las deducciones efectuadas.
Como puede apreciarse del texto transcrito, el empleador se encuentra obligado a entregar a sus dependientes, conjuntamente con el pago de sus remuneraciones, un comprobante que contenga las menciones que a continuación se indican:
De acuerdo con el preciso marco normativo sobre la materia, no existe inconveniente legal para que el empleador cumpla el pago de la remuneración de sus dependientes a través del sistema bancario, sea a través del giro de cheque, vale vista o, incluso, cuenta vista y sistema de cajeros automáticos, según lo señalado por la Dirección del Trabajo en dictámenes Nº380/32, de 15.03.93 y N°1101/70, de 15.03.93, respectivamente.
Igualmente se establece en la disposición en análisis, que la fórmula de pago...
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