ORD. N°2228/38 22 de Abril de 2016. La empresa Compañía Minera Doña Inés de Collahuasi S.C.M. debe incorporar el procedimiento de evaluación que aplica a sus trabajadores que se desempeñan como supervisores, profesionales y similares en su Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad. - Doctrina Administrativa - VLEX 637634233

ORD. N°2228/38 22 de Abril de 2016. La empresa Compañía Minera Doña Inés de Collahuasi S.C.M. debe incorporar el procedimiento de evaluación que aplica a sus trabajadores que se desempeñan como supervisores, profesionales y similares en su Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad.

Fecha Disposición22 de Abril de 2016
MateriaLa empresa Compañía Minera Doña Inés de Collahuasi S.C.M. debe incorporar el procedimiento de evaluación que aplica a sus trabajadores que se desempeñan como supervisores, profesionales y similares en su Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad.

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

DEPARTAMENTO JURIDICO

K8426(1643)2015

ORD.: 2228 / 038 /

MAT.: Reglamento interno; Procedimiento evaluación de desempeño; Procedencia incorporación;

RDIC.:La empresa Compañía Minera Doña Inés de Collahuasi S.C.M. debe incorporar el procedimiento de evaluación que aplica a sus trabajadores que se desempeñan como supervisores, profesionales y similares en su Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad.

ANT.:1) Instrucciones de 14.03.2016, de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

2) Correo electrónico de 19.02.2016, del recurrente.

3) Correo electrónico de 08.02.2016, del Departamento Jurídico.

4) Comunicación telefónica de 14.01.2016, del Departamento Jurídico con recurrente.

5) Ord. N°2638 de 17.11.2015, de Inspectora Provincial del Trabajo de Iquique.

6) Respuesta traslado conferido de 30.10.2015, de Empleadora.

7) Correo electrónico de 09.10.2015, del Departamento Jurídico.

8) Presentación de 22.10.2015, de la Empleadora.

9) Ords. N°s 4877 y 4879 de 23.09.2015, de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

10) Presentación de 07.07.2015, de don Cristian Rodríguez Sanhueza en representación de Sindicato N°2 de de Trabajadores de la Compañía Minera Doña Inés de Collahuasi S.C.M.

FUENTES:Código del Trabajo, artículo 153 y siguientes.

CONCORDANCIAS:Ord. N° 2602 de 15.07.2014.

SANTIAGO, 22.04.2016

A:SR. CRISTIAN RODRÍGUEZ SANHUEZA

COLO COLO N°379 OFICINA 304

CONCEPCIÓN

Mediante presentación del antecedente 10), en representación del Sindicato N° 2 de Trabajadores de la Compañía Minera Doña Inés de Collahuasi S.C.M., solicita un pronunciamiento jurídico a esta Dirección acerca de determinar si la empresa Compañía Minera Doña Inés de Collahuasi S.C.M. debe incorporar el procedimiento de evaluación que aplica a sus trabajadores que se desempeñan como supervisores, profesionales y similares en su Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad.

Agrega, que la empresa mediante diversos documentos internos, los cuales en su mayoría no son conocidos por los trabajadores, establece las pautas por las que habrá de regirse el procedimiento de evaluación y sus etapas, las que varían de año a año, existiendo incertidumbre para los dependientes sujetos al mismo en cuanto a los criterios aplicables y su metodología, lo cual ha originado diversas denuncias ante la Inspección Provincial del Trabajo de Iquique. Los resultados de la evaluación se aplicarían para la promoción laboral en la jerarquía de la empresa, incrementos remuneracionales y despidos.

Al respecto, cumplo con informar a Ud. que se remitió copia de...

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