ORD. N°2072 16 de Mayo de 2017. Atiende presentación sobre gratificación convencional pactada en la cláusula 15 del convenio colectivo de 01.10.2013, celebrado entre la Empresa El Mercurio SAP y el Sindicato de Trabajadores N° 3 de la misma. - Doctrina Administrativa - VLEX 680529489

ORD. N°2072 16 de Mayo de 2017. Atiende presentación sobre gratificación convencional pactada en la cláusula 15 del convenio colectivo de 01.10.2013, celebrado entre la Empresa El Mercurio SAP y el Sindicato de Trabajadores N° 3 de la misma.

Fecha Disposición16 de Mayo de 2017
MateriaAtiende presentación sobre gratificación convencional pactada en la cláusula 15 del convenio colectivo de 01.10.2013, celebrado entre la Empresa El Mercurio SAP y el Sindicato de Trabajadores N° 3 de la misma.

DEPARTAMENTO JURÍDICO

K7991(1421)/ 2014

ORD Nº:2072/

MAT.: Instrumento colectivo; Interpretación; Pago de gratificación;

RORD.: Atiende presentación sobre gratificación convencional pactada en la cláusula 15 del convenio colectivo de 01.10.2013, celebrado entre la Empresa El Mercurio SAP y el Sindicato de Trabajadores N° 3 de la misma.

ANT.: 1.-Ord. 484, de 12.04.2017, de Inspectora Comunal del Trabajo de Santiago Oriente.

  1. - Memo N°33, de 06.04.2017, de Jefe Departamento Jurídico.

  2. - Ord. 5422, de 08.11.2016, de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

  3. - Ord. N°4378, de 24.08.2016, de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

  4. - Ord. 2695, de 19.05.2016, de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

  5. - Ord. N°660, de 27 de Abril de 2016, de Inspectora Comunal del Trabajo Santiago Oriente.

  6. -Ord. N°1106, de 22.02.2016, de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

  7. -Ord. N°5874, de 11.11.2015, de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

  8. -Ord. N°3329, de 06. 07.2015, de Jefe Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho (S).

  9. -Ord. N°1914, de 20.04.2015, de Jefe Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

    11-Ord.N°192, de 16.01.2015 Jefe Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho (S)

  10. -Ord.N°4238, de 28.10.3014, de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

  11. - Presentación de 22 de agosto de 2014, de Empresa El Mercurio SAP.

    14-Ord. Nº3095, de 13.08.2014, de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

  12. -Ord. N°2724 de 23.07.2014, de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

  13. -Pase N°1262, de 11.07.2014 de Jefe de Gabinete Director del Trabajo.

  14. -Presentación de 09.07.2014, de Sindicato de Trabajadores Nº 3 de la Empresa El Mercurio SAP.

    SANTIAGO, 16.05.2017

    DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

    A : SRES. SINDICATO DE TRABAJADORES N° 3 DE EMPRESA EL MERCURIO SAP

    TEATINOS 251- OFICINA 706

    SANTIAGO

    Mediante presentación citada en el antecedente 17), han solicitado un pronunciamiento de esta Dirección en orden a determinar el sentido y alcance de la cláusula 15 del convenio colectivo de fecha 01.10.2013, celebrado entre la empresa El Mercurio SAP y el Sindicato de Trabajadores N°3 de la misma, que establece el beneficio denominado "gratificación convencional".

    Requieren específicamente se determine si se ajusta a derecho el procedimiento empleado por la empresa para pagar el beneficio a que se refiere la letra a) de dicha estipulación en el año 2014, período en el cual descontó los días de licencia médica de los trabajadores, descuento que no había efectuado con anterioridad.

    Debe señalarse en forma previa, que en cumplimiento del principio de bilateralidad, se puso en conocimiento de la empresa El Mercurio SAP la presentación en comento, a objeto de que expresara sus puntos de vista y aportara antecedentes sobre el particular, la que dio respuesta a dicho requerimiento a través del documento del antecedente 8) .Asimismo, se dispuso una fiscalización a la empresa involucrada, diligencia que fue llevada a efecto por el fiscalizador Pedro Donoso Campos, dependiente de la Inspección Comunal del Trabajo de Santiago Oriente.

    Precisado lo anterior, cabe señalar que la cláusula N° 15 del convenio colectivo aludido, previene:

    "La Empresa pagará a todos sus trabajadores afectos al presente Convenio Colectivo, una gratificación anual contractual, que se determinará de la siguiente manera:

    1. Se tomará como base el 13% de la...

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