ORD. N°1624/41 12 de Abril de 2017. Emite pronunciamiento acerca de la naturaleza jurídica de los trabajadores que prestan servicios en las corporaciones municipales creadas al amparo del artículo 12 del decreto con fuerza de ley N°1-3.063, de 1980, del Ministerio del Interior y su obligación o no de participar en el Censo Abreviado 2017. - Doctrina Administrativa - VLEX 677164717

ORD. N°1624/41 12 de Abril de 2017. Emite pronunciamiento acerca de la naturaleza jurídica de los trabajadores que prestan servicios en las corporaciones municipales creadas al amparo del artículo 12 del decreto con fuerza de ley N°1-3.063, de 1980, del Ministerio del Interior y su obligación o no de participar en el Censo Abreviado 2017.

Fecha Disposición12 de Abril de 2017
MateriaEmite pronunciamiento acerca de la naturaleza jurídica de los trabajadores que prestan servicios en las corporaciones municipales creadas al amparo del artículo 12 del decreto con fuerza de ley N°1-3.063, de 1980, del Ministerio del Interior y su obligación o no de participar en el Censo Abreviado 2017.

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

DEPARTAMENTO JURIDICO

K: 2378(602)2017

ORD.:1624/41/

MAT.: Día del Censo. Corporaciones Municipales. Naturaleza jurídica del personal. Participación voluntaria.

RDIC.: Emite pronunciamiento acerca de la naturaleza jurídica de los trabajadores que prestan servicios en las corporaciones municipales creadas al amparo del artículo 12 del decreto con fuerza de ley N°1-3.063, de 1980, del Ministerio del Interior y su obligación o no de participar en el Censo Abreviado 2017.

ANT.: Oficio N°001, de 14.03.2017, de Sra. Fresia Reyes, Presidenta del Sindicato N°1 de Trabajadores de la Empresa Corporación Municipal de Educación, Salud, Cultura y Recreación de La Florida, COMUDEF, recibido el 06.04.2017.

FUENTES: Decreto con Fuerza de Ley 1/3063, de 1980, artículo 12, inciso 1°. Ley N°17.374, artículo 19. Decreto N°31, de 2016, artículo único, Disposiciones Generales", N°3 y N°6 y punto II, N°13, letra d)

SANTIAGO, 12.04.2017

DE : DIRECTOR DEL TRABAJO

A : SRA. FRESIA REYES

PRESIDENTA

SINDICATO N°1 DE TRABAJADORES DE LA EMPRESA CORPORACIÓN MUNICIPAL DE EDUCACIÓN, SALUD, CULTURA Y RECREACIÓN DE LA FLORIDA, COMUDEF

DON PEPE Nº 496

LA FLORIDA

sindicatocomudef1@gmail.com

Mediante Oficio del antecedente, ha solicitado un pronunciamiento jurídico a esta Dirección, en orden a determinar la calidad jurídica que detentan los trabajadores de las Corporaciones Municipal de Educación, Salud y Recreación, creadas al amparo del artículo 12 del decreto con fuerza de ley N°1-3.063, de 1980, del Ministerio del Interior.

Agrega que dicho requerimiento se enmarca en el proceso del CENSO 2017, toda vez que su empleador, COMUDEF, ha realizado dos capacitaciones en horario laboral para ser supervisores de dicho censo, dando un carácter obligatorio y sin esclarecer si existe obligación de participar de dicho proceso el 19 de abril de 2017 de forma voluntaria.

Finalmente, expresa que recibieron de su empleadora el Decreto N°31, de 2016, que le daría el carácter obligatorio; no obstante, de acuerdo a dictamen de la Contraloría General de la República, que acompaña, se trataría de una Corporación de Derecho Privado, y en consecuencia, concluye que estarían exentos de la obligatoriedad de participar en dicha actividad.

Al respecto, cumplo en informar a Ud. lo siguiente:

El inciso 1° del artículo 12 del Decreto con Fuerza de Ley 1/3063, de 1980. Dispone:

"Las Municipalidades que tomen a su cargo servicios de las áreas de educación, de salud o de atención de menores, para los efectos de la administración y operación de ellos, podrán constituir, conforme a las normas del Título XXXIII del Libro I del...

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