ORD. N°158 16 de Enero de 2017. La renuncia voluntaria al cargo para acogerse a la Bonificación por Retiro prevista en el artículo 1° de la Ley N°20.822, tiene el carácter de irrevocable para el docente Sr. Jorge Rojas Pearce y vinculante para la Corporación Municipal de Valparaíso, no pudiendo esta última poner término al contrato de trabajo del referido profesional por la... - Doctrina Administrativa - VLEX 671107861

ORD. N°158 16 de Enero de 2017. La renuncia voluntaria al cargo para acogerse a la Bonificación por Retiro prevista en el artículo 1° de la Ley N°20.822, tiene el carácter de irrevocable para el docente Sr. Jorge Rojas Pearce y vinculante para la Corporación Municipal de Valparaíso, no pudiendo esta última poner término al contrato de trabajo del referido profesional por la...

Fecha Disposición16 de Enero de 2017
MateriaLa renuncia voluntaria al cargo para acogerse a la Bonificación por Retiro prevista en el artículo 1° de la Ley N°20.822, tiene el carácter de irrevocable para el docente Sr. Jorge Rojas Pearce y vinculante para la Corporación Municipal de Valparaíso, no pudiendo esta última poner término al contrato de trabajo del referido profesional por la...

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

DEPARTAMENTO JURIDICO

K: 10501(2329)2016

ORD.:158/

MAT.: Estatuto Docente; Corporación Municipal; Bonificación por retiro de la ley N°20.822. Renuncia voluntaria; Declaración de salud irrecuperable; Efectos;

RORD.: La renuncia voluntaria al cargo para acogerse a la Bonificación por Retiro prevista en el artículo 1° de la Ley N°20.822, tiene el carácter de irrevocable para el docente Sr. Jorge Rojas Pearce y vinculante para la Corporación Municipal de Valparaíso, no pudiendo esta última poner término al contrato de trabajo del referido profesional por la causal prevista en la letra h) del artículo 72 del Estatuto Docente, esto es, por salud irrecuperable, como tampoco por la obtención del beneficio de jubilación establecida en la letra e) del mismo artículo.

ANT.: 1) Comunicación telefónica de 05.01.2017 de Sra. Eliana Urrutia Yáñez, asesora previsional, en representación de Sr. Jorge Rojas Pearce.

2) Ordinario N°074365 de 11.10.2016, de Jefe Subdivisión Jurídica (S), División de Municipalidades, Contraloría General de la República, recibido el 17.10.2016.

3) Presentaciones de 02.08.2016 y de 07.09.2016, ambos de Sr. Jorge Rojas Pearce.

SANTIAGO, 16.01.2017

DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

A : SR. JORGE ROJAS PEARCE

AVDA.MOLINOS DEL SOL, CASA 1

VILL ALEMANA

ELIANA URRUTIA YÁÑEZ

eurrutia@veridika.cl

Mediante presentaciones de antecedentes 3), ha solicitado a esta Dirección un pronunciamiento acerca de si la declaración de salud irrecuperable por invalidez total declarada por la Comisión Médica Regional le hace perder el derecho a percibir la bonificación por retiro voluntario prevista en el artículo 1° de la Ley N°20.822.

Hace presente que con fecha 29 de octubre de 2015 presentó su renuncia voluntaria al cargo para acogerse a la referida Bonificación por Retiro, habiendo cumplido 65 años de edad el 10 de diciembre de igual año.

Al respecto, cumplo en informar a Ud. lo siguiente:

La Ley N°20.822, publicada en el diario oficial de 9 de abril de 2015, en su artículo 1°, inciso 1°, dispone:

"Establécese una bonificación por retiro voluntario para los profesionales de la educación que durante el año escolar 2015 pertenezcan a una dotación docente del sector municipal, administrada directamente por las municipalidades o por corporaciones municipales, ya sea en calidad de titulares o contratados, o estén contratados en los establecimientos regidos por el decreto ley N°3.166, de 1980, y que al 31 de diciembre de 2015 hayan...

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