ORD. N°1386 10 de Marzo de 2016. Atiende presentación de Sr. Miguel Budnik Israel, en representación de empresa Comercial Totalpack Limitada, sobre autorización de sistema de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo. - Doctrina Administrativa - VLEX 632442525

ORD. N°1386 10 de Marzo de 2016. Atiende presentación de Sr. Miguel Budnik Israel, en representación de empresa Comercial Totalpack Limitada, sobre autorización de sistema de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo.

Fecha Disposición10 de Marzo de 2016
MateriaAtiende presentación de Sr. Miguel Budnik Israel, en representación de empresa Comercial Totalpack Limitada, sobre autorización de sistema de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo.

DEPARTAMENTO JURIDICO

K1748 (485) 2016

ORD.: 1386 /

MAT.: Sistema especial de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo;

RORD.:Atiende presentación de Sr. Miguel Budnik Israel, en representación de empresa Comercial Totalpack Limitada, sobre autorización de sistema de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo.

ANT.:Presentación de 16.02.2016, de Sr. Miguel Budnik Israel, en representación de empresa Comercial Totalpack Limitada.

SANTIAGO, 10.03.2016

DE :JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

A:SR. MIGUEL BUDNIK ISRAEL

EMPRESA COMERCIAL TOTALPACK LIMITADA

SAN IGNACIO N°1538

SANTIAGO/

Mediante su presentación del antecedente, Ud., solicita un pronunciamiento de este Servicio en relación a un sistema de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo, a fin de determinar si el mismo se ajustaría a las exigencias que conforme al inciso 1º del artículo 33 del Código del Trabajo y dictamen Nº696/027, de 24.01.96, debe reunir un sistema de tipo electrónico computacional para poder ser considerado un mecanismo válido de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo.

Sobre el particular, cumplo con informar a Ud. que el artículo 33 del Código del Trabajo, en su inciso primero, dispone:

"Para los efectos de controlar la asistencia y determinar las horas de trabajo, sean ordinarias o extraordinarias, el empleador llevará un registro que consistirá en un libro de asistencia del personal o en un reloj control con tarjetas de registro".

Del precepto legal transcrito se desprende que la asistencia y las horas de trabajo, ordinarias o extraordinarias, se controlan y determinan mediante un registro que puede asumir una de las siguientes formas:

  1. Un libro de asistencia del personal, o

  2. Un reloj con tarjetas de registro.

    Al respecto, primeramente cabe precisar que la Dirección del Trabajo, mediante dictamen Nº696/027, de 24.01.96, fijó las características o modalidades básicas que debe reunir un sistema de tipo electrónico-computacional, para entender que el mismo constituye un sistema válido de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo de acuerdo con la normativa laboral vigente.

    Conforme a la doctrina precitada, no se encuentra dentro de las facultades de esta Dirección, el certificar a priori que las características técnicas de un determinado sistema computacional permitan asimilarlo a un registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo en los términos del...

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