ORD. N°1304 7 de Marzo de 2016. Informa respecto a la oportunidad y autoridad competente, para el estudio de la legalidad de las disposiciones de los reglamentos internos.
Fecha Disposición | 7 de Marzo de 2016 |
Materia | Informa respecto a la oportunidad y autoridad competente, para el estudio de la legalidad de las disposiciones de los reglamentos internos. |
DEPARTAMENTO JURIDICO
UNIDAD DE DICTÁMENES E INFORMES EN DERECHO
S/K (481) 2016
ORD.: 1304 8
MAT.: Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad; Objeciones de legalidad; Inspección del Trabajo;
RORD.:Informa respecto a la oportunidad y autoridad competente, para el estudio de la legalidad de las disposiciones de los reglamentos internos.
ANT.:1) Pase N°45, de 17.02.2016, de Jefe Departamento de Inspección (S).
2) Ord. N°293 de 29.12.2015 de DRT del Biobío;
3) Ord. N°742 de 16.04.2015 de DRT del Biobío;
4) Providencia N°3690, de 29.12.2015, de Subjefe Departamento de Inspección;
5) Providencia N°2248, de 07.08.2015, de Subjefe Departamento de Inspección;
6) Providencia N°1384, de 07.05.2015, de Subjefe Departamento de Inspección;
7) Ord. N°1362, de 12.11.2014, de ICT Coronel;
8) Ord. N°1125, de 04.07.2014 de ICT Santiago Oriente;
9) Ord. N°1028, de 22.08.2014, de ICT Coronel;
10) Ord. N°08, de 03.01.2014, de ICT Coronel;
11) Ord. N°317, de 20.03.2013, de ICT Coronel;
12) Presentaciones de 05.09.2014 y 06.02.2014, empresa Plantas Polpaico del Pacifico Ltda.;
13) Ord. N°1047 de 28.05.2014, de DRT Metropolitana Oriente;
14) Ord N°1542 de 30.04.2014, de Director del Trabajo;
15) Presentación de 08.03.2013 de Presidente Sindicato Plantas Polpaico del Pacifico Ltda.
SANTIAGO, 07.03.2016
DE:JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO
A:DIRECTOR REGIONAL DEL TRABAJO
METROPOLITANA ORIENTE
Mediantepresentacióndelantecedente12),la empresa Plantas Polpaico del Pacifico Ltda., domiciliada en Avenida El Bosque N°0177,piso N°5, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, interpuso reconsideración en contra de la resolución contenida en Ordinario N°8, de 03.01.2014, suscrita por el Inspector Comunal del Trabajo de Coronel, acto administrativo en que emite pronunciamiento respecto a las objeciones de legalidad formuladas respecto al Reglamento Interno de Orden Higiene y Seguridad de la empresa.
Sobre el particular, cúmpleme informar que el inciso 4° del artículo 153 del Código del Trabajo, dispone:
"El delegado del personal, cualquier trabajador o las organizaciones sindicales de la empresa respectiva podrán impugnar las disposiciones del reglamento interno que estimaren ilegales, mediante presentación efectuada ante la autoridad de salud o ante la Dirección del Trabajo, según corresponda. De igual modo, esa autoridad o esa Dirección podrán, de oficio, exigir modificaciones al referido reglamento en razón de ilegalidad. Asimismo, podrán exigir que se incorporen las...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba