ORD. N°1179 29 de Febrero de 2016. La circunstancia de encontrarse el directorio de la Asociación de Funcionarios No Académicos del Hospital Clínico Universidad de Chile José Joaquín Aguirre integrado actualmente solo por seis miembros, luego de la renuncia de una de ellos a su cargo, no impide el normal funcionamiento de ese órgano colegiado interno y, por ende, no resulta... - Doctrina Administrativa - VLEX 608408214

ORD. N°1179 29 de Febrero de 2016. La circunstancia de encontrarse el directorio de la Asociación de Funcionarios No Académicos del Hospital Clínico Universidad de Chile José Joaquín Aguirre integrado actualmente solo por seis miembros, luego de la renuncia de una de ellos a su cargo, no impide el normal funcionamiento de ese órgano colegiado interno y, por ende, no resulta...

Fecha Disposición29 de Febrero de 2016
MateriaLa circunstancia de encontrarse el directorio de la Asociación de Funcionarios No Académicos del Hospital Clínico Universidad de Chile José Joaquín Aguirre integrado actualmente solo por seis miembros, luego de la renuncia de una de ellos a su cargo, no impide el normal funcionamiento de ese órgano colegiado interno y, por ende, no resulta...

DEPARTAMENTO JURÍDICO

K. 11966(2547)/2015

ORD. Nº 1179 /

MAT.:Asociación de funcionarios; Renuncia de uno de los miembros del directorio; Normal funcionamiento del directorio; Elección complementaria;

RORD.:La circunstancia de encontrarse el directorio de la Asociación de Funcionarios No Académicos del Hospital Clínico Universidad de Chile José Joaquín Aguirre integrado actualmente solo por seis miembros, luego de la renuncia de una de ellos a su cargo, no impide el normal funcionamiento de ese órgano colegiado interno y, por ende, no resulta obligatorio proveer el cargo vacante, determinación que, en todo evento, le corresponde adoptar a la propia asociación, en conformidad a sus estatutos, atendida la autonomía de que gozan tales organizaciones acorde con el principio de libertad sindical, consagrado constitucionalmente y reconocido en los Convenios 87, 98 y 151, de la OIT, ratificados por el Estado de Chile.

ANT.:1) Instrucciones, de 11.02.2016, de Jefe Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho (s).

2) Instrucciones, de 21.01.2016, de Jefa Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

3)PaseN°227,de27.11.2015, de Jefa Departamento de Relaciones Laborales.

4) Pase N°157, de 06.11.2015, de Jefe Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho (s).

5)Presentación,de29.09.2015,de Asociación de Funcionarios No Académicos del Hospital Clínico Universidad de Chile José Joaquín Aguirre.

SANTIAGO, 29 de febrero de 2016

DE :JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

A :SEÑORAS MARÍA VERÓNICA ROJAS C. Y ALEJANDRA FIGUEROA A.

PRESIDENTA Y SECRETARIA DE LA ASOCIACIÓN DE FUNCIONARIOS

NO ACADÉMICOS DEL HOSPITAL CLÍNICO UNIVERSIDAD DE CHILE

JOSÉ JOAQUÍN AGUIRRE

SANTOS DUMONT N°999

INDEPENDENCIA/

Mediantepresentacióncitadaenelantecedente5),requierenunpronunciamiento de esta Dirección respecto de la obligatoriedad de llevar a cabo una elección complementaria para reemplazar a una dirigente de su organización que renunció al cargo.

Agregan que el directorio de la asociación de funcionarios que representan está compuesto actualmente por seis directores, debido a la renuncia al cargo de la directora que individualizan.

Indican, asimismo, que los estatutos de la asociación señalan al respecto:«…si tal evento ocurriere antes de seis meses de la fecha en que termine su mandato el reemplazante será designado por el tiempo que faltare para completar el período en elección complementaria ante ministro de fe… ».

Pesealo expuesto precedentemente y teniendo presente que los acuerdos...

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