ORD. N°1034 6 de Marzo de 2017. Absuelve consultas que se indican. - Doctrina Administrativa - VLEX 674104997

ORD. N°1034 6 de Marzo de 2017. Absuelve consultas que se indican.

Fecha Disposición 6 de Marzo de 2017
MateriaAbsuelve consultas que se indican.

DEPARTAMENTO JURÍDICO

K. 961(231)17

ORD.:1034/

MAT.: Negociación Colectiva; Entrada en vigencia de la ley N°20.940; Presentación de proyecto de contrato colectivo; Oportunidad; Ley aplicable; Obligaciones de higiene y seguridad; Suministro de agua potable;

RORD.: Absuelve consultas que se indican.

ANT.: 1) Instrucciones de 03.03.2017 de Jefa Unidad de Dictámenes.

2) Presentación de 30.01.2017 de Sindicato Smurfit Kappa Chile.

SANTIAGO, 06.03.2017

DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

A : SR. RAMON HUERTA C.

PRESIDENTE SINDICATO DE EMPRESA SMURFIT KAPPA CHILE.

José Besa 1271, Quinta Normal, RM.

Mediante la presentación del Ant. 2) se ha pedido a este Servicio que emita pronunciamiento sobre las materias que se resumen a continuación:

La fecha en que el sindicato debe presentar el proyecto de contrato colectivo, considerando que la vigencia del actual instrumento cesa el 13 de mayo de 2017.

El tiempo de que dispone el empleador para poner a disposición de los trabajadores el agua potable que exige el D.S. 594 del Ministerio de Salud, en caso de corte del suministro que proveen los dispensadores o el pozo que mantiene la empresa.

Al respecto, informo a Ud. lo siguiente:

Conforme a lo señalado por el solicitante, el instrumento colectivo que une a las partes termina el 13 de mayo de 2017, fecha en la que ya estará vigente la Ley 20.940, cuya entrada en vigor, por aplicación de su artículo 1° transitorio, será a contar del próximo día 1° de abril.

En este particular, cabe mencionar que, para efectos de determinar la oportunidad para presentar el proyecto de contrato colectivo, el legislador distingue si las partes tienen o no un instrumento colectivo vigente.

Tratándose de los casos en que hay instrumento vigente, cuyo es la situación de los solicitantes, el artículo 333 incorporado al Código del Trabajo por la Ley 20.940, dispone lo siguiente en su inciso 1°:

"La presentación de un proyecto de contrato colectivo realizada por un sindicato que tiene instrumento colectivo vigente deberá hacerse no antes de sesenta ni después de cuarenta y cinco días anteriores a la fecha de término de la vigencia de dicho instrumento".

Luego, en su inciso 2° el citado precepto agrega la norma siguiente:

Si el proyecto de contrato colectivo se presenta antes del plazo señalado en el inciso precedente, se entenderá, para todos los efectos legales, que fue presentado sesenta días antes de la fecha de vencimiento del instrumento colectivo anterior.

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