ORD. N°1002 20 de Febrero de 2018 - Doctrina Administrativa - VLEX 735742749

ORD. N°1002 20 de Febrero de 2018

Fecha Disposición20 de Febrero de 2018

DEPARTAMENTO JURIDICO

K10724 (2367) 2017

ORD.:1002/

MAT.: Registro especial de asistencia y determinación de horas de trabajo; Certificación;

RORD.: Atiende presentación de empresa Comercial Totalpack Ltda., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.

ANT.: 1) Correo electrónico de 01.02.2018, de Sr. Eduardo Durán Oliva, Comercial Totalpack Ltda.

2) Memo N°389 de 06.12.2017, de Subjefe Departamento de Tecnologías de la Información.

3) Memo N°80, de 16.11.2017, de Jefe Departamento Jurídico.

4) Presentación de 09.11.2017, de Sr. Miguel Budnik Israel, en representación de empresa Comercial Totalpack Limitada.

SANTIAGO, 20.02.2018

DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO

A : SR. MIGUEL BUDNIK ISRAEL

COMERCIAL TOTALPACK LIMITADA

SAN IGNACIO N°1538

SANTIAGO

Mediante su presentación del antecedente 4), complementada a través de correo electrónico de antecedente 1), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si la solución de registro y control de asistencia que presenta, denominada TTP Time, y su respectivo proceso de verificación, se ajusta a las exigencias que sobre la materia establece el dictamen Nº1140/027, de 24.02.2016.

Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la recurrente ha presentado un informe de certificación emitido por la empresa Segic Usach Ltda., Rut N°77.045.700-9, suscrito por el Sr. Eduardo Durán Oliva.

En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados fueron remitidos al Departamento de Tecnologías de la Información de este Servicio, con el objeto de determinar el cumplimiento de los aspectos técnicos que deben comprender los sistemas computacionales de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo de acuerdo al citado dictamen.

Dicho trámite fue evacuado mediante el memorándum de antecedente 2), realizando las siguientes observaciones a la plataforma:

1-. El lenguaje de la interfaz de usuario debe ser castellano. Sin embargo, de acuerdo a la evidencia 1.18...

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