ORD. Nº4527/093 15 de Noviembre de 2011. Cajas de Compensación. Descuentos. Crédito Social. Obligación actual empleador.Cajas de Compensación. Descuentos. Crédito Social.Garantía Hipotecaria. Obligación actual empleador.
Fecha Disposición | 15 de Noviembre de 2011 |
Materia | Cajas de Compensación. Descuentos. Crédito Social. Obligación actual empleador.Cajas de Compensación. Descuentos. Crédito Social.Garantía Hipotecaria. Obligación actual empleador. |
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
DEPARTAMENTO JURIDICO
K 8144( 1230 )2011
ORD.: Nº 4527 / 093 /
MAT.: Cajas de Compensación. Descuentos. Crédito Social. Obligación actual empleador.
Cajas de Compensación. Descuentos. Crédito Social.
Garantía Hipotecaria. Obligación actual empleador.
RDIC.: 1.- No resulta jurídicamente necesario que el actual empleador de un trabajador deudor de crédito social a una Caja de Compensación de Asignación Familiar se encuentre afiliado a ésta, ni que haya acordado con ella efectuar los descuentos por dicho crédito, siendo suficiente para realizarlos que se hayan formalizado con un anterior empleador, afiliado a la respectiva Caja acreedora;
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- 2011La misma conclusión anterior es válida si el crédito social cuenta con garantía hipotecaria y/o está destinado a adquirir un inmueble, en cuanto estas condiciones no hacen perder la categoría de crédito social al contrato suscrito entre la Caja de Compensación y el trabajador; y
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- El empleador deberá efectuar los descuentos destinados al pago de dividendos hipotecarios o para depósitos en cuenta de ahorro para la adquisición de viviendas, que tengan un destinatario final diferente a una Caja de Compensación, siempre que cuente con la solicitud escrita y autorizada del trabajador y no se exceda el límite máximo legal del 45% de su remuneración total para el conjunto de descuentos convenidos con el empleador, autorización que deberá darse para que la Caja de Compensación proceda a las deducciones, independientemente que, con posterioridad, el trabajador cambie de dependencia laboral.
ANT.: 1) Ord. Nº 61554, de 06.10.2011, de Superintendenta de Seguridad Social;
2) Ord. Nº 3608, de 09.09.2011, de Directora del Trabajo;
3) Presentación de 28.07.2011, de Sr. Cristián Aguayo Mohr, por empresa Redpath Chilena Construcciones y Compañía Ltda.
FUENTES : Código del Trabajo, art. 58, incisos 1º, 2º y 4º. Ley Nº 18.833, art. 22. Ley Nº 20.540, artículo único.
SANTIAGO, 15.NOV.2011
DE : DIRECTORA DEL TRABAJO
A : SR. CRISTIÁN AGUAYO MOHR
ABOGADO
REDPATH CHILENA CONSTRUCCIONES Y COMPAÑÍA LTDA.
ROSARIO NORTE Nº 555 OF. 604
LAS CONDES .
Mediante presentación del Ant. 3), se solicita un pronunciamiento de esta Dirección, acerca de la procedencia que la empresa Redpath Chilena Construcciones y Compañía Ltda. efectúe descuentos a sus trabajadores por deudas de crédito social en favor de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, en circunstancias que tales deudas fueron contraídas en...
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