ORD. N° 2677 7 de Octubre de 2020 - Doctrina Administrativa - VLEX 850370264

ORD. N° 2677 7 de Octubre de 2020

Fecha Disposición 7 de Octubre de 2020

Departamento Jurídico y Fiscalía

Unidad de Pronunciamientos, Innovación y Estudios Laborales

E 43650 (1476) 2020

ORD. N°2677

MAT.: Docente directivo; sector municipal; Remuneraciones;

RORD.: Informa al tenor de lo solicitado.

ANT.: 1) Pase Nº951 de 01.09.2020, de Jefe de Gabinete de la Directora del Trabajo.

2) Oficio Nº31.183, de 2020, de la II Contraloría Regional Metropolitana de Santiago.

SANTIAGO, 07.10.2020

DE:JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO Y FISCAL (S)

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

A: SR. IVÁN MILLÁN FUENTES

JEFE UNIDAD JURÍDICA

II CONTRALORÍA REGIONAL METROPOLITANA DE SANTIAGO

TEATINOS Nº 56, PRIMER PISO

SANTIAGO

Mediante Oficio del antecedente 2), usted ha solicitado a esta Dirección del Trabajo que informe al tenor de lo expuesto por doña Ana Ulloa Martínez, Directora del Liceo Monseñor Enrique Alvear, dependiente del Servicio Local de Educación Pública Barrancas, específicamente acerca de la "asignación convecional de responsabilidad directiva", equivalente al 70% de la Remuneración Básica Mínima Nacional (RBMN) que le fuera enterada por la Corporación Municipal de Pudahuel, y que habría sido incluida en las bases del concurso público, para proveer el cargo que ocupa la docente, en forma adicional a las asignaciones legales.

En primer término es menester indicar, que entre los antecedentes acompañados a la solicitud de informe no se encuentran ni las bases del concurso para proveer el cargo de director del establecimieto educacional Liceo Monseñor Enrique Alvear de la comuna de Pudahuel, ni el contrato de trabajo de la docente.

Precisado lo anterior, cumple anotar, que la señora Ulloa señala, en lo que interesa, que asumió el cargo de directora del establecimiento Liceo Bicentenario Monseñor Enrique Alvear el 29.02.2016. Agrega que, en las bases del concurso público, que culminó con su nombramiento, se habría establecido una asignación convencional equivalente al 70% de la RBMN, la que habría sido pagada, ininterrumpidamente, desde que asumió su cargo y hasta su traspaso al Servicio Local de Educación de Barrancas. Acompaña a su presentación las liquidaciones de remuneración del período comprendido entre marzo de 2016 y febrero de 2018, y dos certificados del Jefe de Personal de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Pudahuel.

Al respecto, y de los antecedentes tenidos a la vista, consta que el Jefe de Personal de la Corporación Municipal de Pudahuel certificó, con fecha 12.03.2020, que la señora Ulloa era dependiente de dicha...

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