ORD. N° 24 16 de Enero de 2024 - Doctrina Administrativa - VLEX 977103668

ORD. N° 24 16 de Enero de 2024

Fecha Disposición16 de Enero de 2024

Departamento Jurídico

Unidad de Dictámenes e

Informes en Derecho

E 41486 (822) 2022

E 191129 (1235) 2022

ORD. N°24

MAT.: Bonificación por Retiro Voluntario. Ley N°20.976.

RORD.: Habiendo el legislador entregado a la Subsecretaría de Educación la competencia para determinar si una postulación cumple, o no, con los requisitos para acceder a la Bonificación por Retiro Voluntario, no corresponde al empleador ponderar estas materias, o excluir a un docente del beneficio en comento.

ANTS.: 1) Instrucciones de 20.12.2023, de Jefe de Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho (S).

2) Ordinario N°1.242/2022 de 04.08.2022, de Directora Regional del Trabajo Metropolitana Oriente.

3) Ordinario N°1313-3887/2022 de 09.05.2022, de la Inspectora Provincial del Trabajo Maipo.

4) Presentación de 17.02.2022, de doña María González Muñoz.

SANTIAGO, 16.01.2024

DE: JEFA DEPARTAMENTO JURÍDICO (S)

DIRECCIÓN DEL TRABAJO

A: SRA. MARÍA GONZALEZ MUÑOZ

angelicagm2010@gmail.com

Mediante presentación del antecedente 4) usted ha solicitado un pronunciamiento que determine si corresponde que su empleador, la Corporación Municipal de Educación y Salud de San Bernardo, la excluya de la Bonificación por Retiro Voluntario regulada en la Ley N°20.976, cuando fue beneficiaria de un cupo para obtener esta bonificación durante el proceso correspondiente a 2018.

Sobre lo consultado, cumple informar, que la Ley Nº20.976 permitió que hasta 20.000 profesionales de la educación -pertenecientes a una dotación docente del sector municipal, o contratados en establecimientos educacionales regidos por el Decreto Ley Nº3.166, de 1980, del Ministerio de Educación Pública- puedan acceder a la bonificación por retiro voluntario de la Ley Nº20.822, si cumplen con los requisitos que la norma dispone, estableciendo, a su vez, un procedimiento al efecto.

Con respecto al procedimiento, es necesario precisar, que la ley reguló, en su artículo primero transitorio, la asignación de los cupos correspondientes al año 2016, y en su articulado permanente los procesos para los años siguientes.

La jurisprudencia administrativa de esta Dirección, analizando lo dispuesto en los artículos 2° N°4 de la Ley N°20.976 y artículo el 18 del Decreto N°35 de 2017, del Ministerio de Educación -Aprueba Reglamento de la Ley N°20.976, que permite a los profesionales de la educación que indica, entre los años 2016 y 2024, acceder a la bonificación por retiro voluntario establecida en la Ley N°20.822- ha sostenido, en el...

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