ORD. Nº 2390/101 8 de Junio de 2004. : Contrato individual. Relación laboral única.
Fecha Disposición | 8 de Junio de 2004 |
Materia | : Contrato individual. Relación laboral única. |
DEPARTAMENTO JURIDICO
K 5864(539)/2004
K 6970(643)/2004 ORD.: Nº 2390/101
MATE.: Contrato individual. Relación laboral única.
RDIC.: La suscripción de contratos sucesivos a plazo fijo, mediando finiquito entre uno y otro, práctica que emplean la Corporación Municipal de Educación y Desarrollo Social de Villa Alemana y sus trabajadores no docentes, no resulta ajustada a Derecho, razón por la cual, en dicho evento se configura, respecto de cada trabajador, una relación laboral única, continua y de duración indefinida, cuya fecha de inicio es la de celebración del primer contrato.
ANT.: 1) Oficio N° 342, de 17.05.2004, de la Inspección Comunal del Trabajo Quilpué.
2) Oficio N° 225, de 19.04.2004, de la Corporación Municipal de Educación y Desarrollo Social de Villa Alemana.
3) Oficios N°s 1410 y 1411, ambos de 2.04.2004 y del Departamento Jurídico.
4) E- mail de 16.03.2004, de la señora María Ester Varas López, Inspección Comunal del Trabajo Quilpué.
FUENTES:
Código del Trabajo, artículo 5°, inciso 2°.
CONCORDANCIAS:
Dictámenes números 2688/151, de 19.08.2002; 484/43 de 1.02.2000; 110/11, de 9.01.98 y 2197, de 23.04.85 y Oficio N° 4108, de 5.12.2002.
SANTIAGO, 08.06.2004
DE : DIRECTORA DEL TRABAJO
A : SEÑORA MARIA ESTER VARAS LOPEZ
INSPECCION COMUNAL DEL TRABAJO
QUILPUE/
Mediante la presentación del antecedente 4) Usted solicita un pronunciamiento de esta Dirección respecto a si la suscripción de contratos sucesivos a plazo fijo, mediando finiquito entre uno y otro, práctica empleada por la Corporación Municipal de Educación y Desarrollo Social de Villa Alemana y sus trabajadores no docentes, habría significado su transformación en contratos de duración indefinida.
Al respecto, cúmpleme informar lo siguiente:
De los antecedentes que obran en poder de esta Dirección, particularmente el informe emitido por el fiscalizador actuante, señor Hugo León Cañas y los contratos de trabajo y finiquitos acompañados, correspondientes a los trabajadores señores Ana Nancy Díaz Aguilera, Germán Belisario De la Barra Nuñez y Laura del Carmen Aliaga Leyton, consta que de acuerdo al procedimiento por el que se consulta, las partes reiteradamente han suscrito contratos a plazo fijo sucesivos que, por lo general se suceden uno a otro sin que exista un lapso de continuidad entre ellos, puesto que termina uno y al día siguiente comienza el otro.
Sobre este particular, la jurisprudencia administrativa emanada de este Servicio, pudiendo citarse al respecto los...
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