ORD.: Nº 5933/258 28 de Octubre de 1996. Contrato individual Legalidad de cláusula Remuneraciones.Semana corrida Procedencia Remuneración mensual.Remuneraciones Días no laborados. - Doctrina Administrativa - VLEX 238932214

ORD.: Nº 5933/258 28 de Octubre de 1996. Contrato individual Legalidad de cláusula Remuneraciones.Semana corrida Procedencia Remuneración mensual.Remuneraciones Días no laborados.

Fecha Disposición28 de Octubre de 1996
MateriaContrato individual Legalidad de cláusula Remuneraciones.Semana corrida Procedencia Remuneración mensual.Remuneraciones Días no laborados.

5933/258

ORD.: Nº

MATERIA= Contrato individual Legalidad de cláusula Remuneraciones.

Semana corrida Procedencia Remuneración mensual.

Remuneraciones Días no laborados.

RESUMEN DE DICTAMEN= 1) La cláusula inserta en el punto 2º letra b) de los contratos individuales de trabajo suscritos entre la Empresa de transportes Alfa Ltda., y su personal de choferes y la cláusula tercera letra c) del contrato colectivo vigente en la Empresa, se encuentran ajustadas a derecho.

2) Los choferes de la Empresa transportes Alfa Ltda. remunerados con sueldo mensual e incentivo por venta de boleto no tiene derecho a percibir remuneración adicional por los días de descanso semanal.

3) El referido personal durante los días que se encuentran a disposición del empleador, sin realizar labor por causas que no les son imputable tienen derecho a percibir la remuneración pactada, expresa o tácitamente, y a falta de pacto el promedio de lo percibido en los últimos tres meses laborados.

ANTECEDENTES DEL DICTAMEN= 1) Ord. Nº 71, de 12.01.96 de Sr. Inspector Comunal del Trabajo de Maipú.

2) Presentación de 13.09.95, del Sindicato de Trabajadores de Empresa Transportes Alfa Ltda.

FUENTES LEGALES= Código del Trabajo artículos 5º, inciso 1º y 45.

CONCORDANCIAS DEL DICTAMEN= Ords. Nºs. 2.203-105, de 04.04. 95.

FECHA DE EMISION= 28/10/1996

DICTAMEN=

DE : DIRECTOR DEL TRABAJO

A : SEÑORES SINDICATO DE TRABAJADORES DE EMPRESA TRANSPORTES ALFA LTDA.

ALFREDO SILVA CARVALLO Nº 1414 MAIPU

Mediante presentación del antecedente se ha solicitado de esta Dirección un pronunciamiento acerca de las siguientes materias:

  1. -Legalidad de la cláusula relativa a las remuneraciones inserta en el punto 2º letra b) de los contratos individuales de trabajo suscritos entre la Empresa Transportes Alfa Ltda. y su personal de choferes y consignada, además, en la cláusula 3ª letra c) del contrato colectivo vigente en la citada Empresa, fundamentalmente en lo que al incentivo por venta de boletos se refiere.

  2. -Remuneración que corresponde percibir a los choferes de la Empresa Transportes Alfa Ltda. durante los días de descanso semanal y de aquellos en que se encuentran a disposición del empleador sin realizar labor por causas que no les son imputables.

    Al respecto, cumplo con informar a Uds. lo siguiente:

  3. -En relación con la pregunta signada con este número, cabe señalar que el análisis de las estipulaciones por cuya legalidad se consulta permiten establecer que el sistema remuneracional del personal...

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