ORD. Nº0894/021 9 de Marzo de 2007. Estatuto de Salud. Calificación. - Doctrina Administrativa - VLEX 238910030

ORD. Nº0894/021 9 de Marzo de 2007. Estatuto de Salud. Calificación.

Fecha Disposición 9 de Marzo de 2007
MateriaEstatuto de Salud. Calificación.

DEPARTAMENTO JURIDICO

447(91)/2007

DN 64 ORD. : Nº 0894/021

MAT.: Estatuto de Salud. Calificación.

RDIC. : No se ajusta a derecho la calificación correspondiente al período 2005-2006, de la funcionaria Edith Arias Chura realizada por la Corporación Municipal de Educación, Salud y Educación al Menor de Conchalí, por haberse infringido los artículos 59 y 65 del decreto Nº 1.889, de Salud, de 1995, reglamento de la carrera funcionaria del personal regido por la ley 19.378, por lo que deberá realizarse una nueva calificación del período indicado sólo respecto de la funcionaria individualizada.

ANT. : 1)Informe de 01.02.2007, de Sr. Fernando Echeverría Bascuñán.

2)Pase Nº 73, de 17.01.2007, de Sra. Directora del Trabajo.

3)Ord. Nº 988, de 08.01.2007, de Jefe Subdivisión Jurídica, División de Municipalidades, Contraloría General de la República.

4)Presentación de 30.11.2006, de Sra. Edith Arias Chura.

FUENTES:

Ley 19.378, artículo 46.

Decreto Nº 1.889, artículos 59, 65 y 67.

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SANTIAGO, 09.03.2007

DE : DIRECTORA DEL TRABAJO

A : SRA. EDIHT ARIAS CHURA

TARAPACA 752, TORRE A DPTO. 504

SANTIAGO CENTRO

Mediante presentación del antecedente 3), se solicita que se determine si se ajusta a derecho la calificación correpondiente al período 2005-2006, de funcionaria de salud primaria municipal que se desempeña como matrona en la Corporación Municipal de Educación, Salud y Atención al Menor de Conchalí, estimando la trabajadora que la calificación en lista 3), que le fuera notificada el 28.11.2005, no se condice con las precalificaciones efectuadas por sus jefes directos Dr. Espínola y doña Jessica Pinto, Jefa del sector B, el 08.03.2005 y 08.09.2005, quienes la precalificaron con Muy Bueno (MB) y Bueno (B), respectivamente, sin embargo en octubre de 2005 las Sras. Ruth Castro, Directora de Salud, Sra. Angélica Saldivia, Directora del CESFAM J.J. Aguirre, Sra. Estela Lebrini, Asistente Social y Sra. Maricielo Avendaño, Nutricionista, integrantes de la Comisión de Calificación, la calificaron con 55,75 puntos, quedando en lista 3.

Agrega la trabajadora que el 30.11.2005, apeló de la calificación ante el Sr. Fernando Echeverría, Secretario General de la Corporación Municipal de Conchalí, con copia al Alcalde de la Municipalidad de Conchalí, don Carlos Sottolichio, y en respuestas de 19.12.2005 y 22.12.2005, se habría resuelto acoger la apelación, elevando la calificación en 3 puntos por lo que en los Factores de Competencia totaliza un puntaje de 37, 15.

Sin embargo, continúa la funcionaria indicando que el Sr. Echeverría al resolver...

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