ORD.: Nº 4078/236 14 de Julio de 1997. Dirección del trabajo Competencia Situaciones de hecho. - Doctrina Administrativa - VLEX 238870854

ORD.: Nº 4078/236 14 de Julio de 1997. Dirección del trabajo Competencia Situaciones de hecho.

Fecha Disposición14 de Julio de 1997
MateriaDirección del trabajo Competencia Situaciones de hecho.

4078/236

ORD.: Nº

MATERIA= Dirección del trabajo Competencia Situaciones de hecho.

RESUMEN DE DICTAMEN= Las facultades de la Dirección del Trabajo se extienden a la fiscalización e interpretación de la legislación laboral vigente y no, a la dilucidación de cuestiones de hecho que suscitan controversia entre partes y que por tanto, precisan de un pronunciamiento jurisdiccional, en materia laboral.

ANTECEDENTES DEL DICTAMEN= 1) Presentación del Sindicato de Trabajadores Nº 1 de ESSAL S.A. Filial Corfo, de 25.02.97.

2) Ord. 367, de Director Regional del Trabajo Décima Región, de 02.04.97.

FUENTES LEGALES= D.F.L. 2, artículo 1, letra b).

FECHA DE EMISION= 14/07/1997

DICTAMEN=

DE : DIRECTORA DEL TRABAJO

A : SRES. SINDICATO DE TRABAJADORES Nº 1

EMPRESA ESSAL S.A.

PRESENTE

Mediante presentaciones citadas en el antecedente, se ha solicitado a esta Dirección un pronunciamiento en orden a determinar si ESSAL S.A. ha asumido correctamente la escala de remuneraciones contemplada en Anexo del Contrato Colectivo celebrado entre la mencionada empresa y el Sindicato de Trabajadores Nº 1 constituido en la misma, el día 29 de Agosto de 1994.

Sobre el particular cumplo con informar a Ud. lo siguiente:

La cláusula quinta del contrato materia del presente dictamen dice:

"APLICACION PROCESO DE ENCASILLAMIENTO

"Para la etapa de encasillamiento que se efectuará a más tardar al mes de marzo de 1995, la Empresa se compromete a incorporar al Sindicato en el análisis y discusión de esta materia.

"Las distorsiones que existan producto del proceso de encasillamiento se corregirán a más tardar en los meses y en los porcentajes que se indican:

Con fecha 29 de agosto de 1994 la Empresa de Servicios Sanitarios de los lagos S.A. Filial Corfo y el Sindicato de Trabajadores Nº 1 de ella, acordaron que el proceso de encasillamiento a que se hace alusión en la cláusula Quinta del Contrato Colectivo celebrado entre las partes con fecha 29 de agosto de 1994, tendría la siguiente escala de remuneraciones:

Escala de Remuneraciones de Essal S.A.

Categorías

Según se ha podido deducir de la documentación acompañada hasta esta Dirección, emanada tanto de ESSAL S.A. como del Sindicato de Trabajadores Nº 1, el proceso de encasillamiento tenía por objeto equilibrar las desigualdades remuneracionales existentes en ESSAL S.A. respecto de trabajadores que desempeñaban labores similares; proceso que en ningún caso podía derivar en un desmejoramiento de sus niveles de renta.

Realizado el...

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